Publica hoy "La Vanguardia" una noticia que debería hacernos reflexionar.
En ella se nos explica que el Foreign Office ha difundido algunos documentos en relación a la crisis secesionista catalana. Algunos de ellos pueden encontrarse en el link que publica La Vanguardia y también en la página web del Gobierno británico. Ahora bien, lo más interesante no es lo publicado, que, al fin y al cabo son resúmenes de prensa, sino que resulta más relevante la carta en la que el Foreign Office explica qué otros documentos tiene sobre el tema y que, de momento, no va a hacer públicos. En La Vanguardia no he podido acceder a esa carta, pero está en la página del gobierno del RU que citaba hace un momento. Puede consultarse aquí.
En esta carta se explica que algunos documentos no se hacen públicos porque "potencialmente podría dañar la relación bilateral entre el Reino Unido y España", y esos documentos cuya divulgación podría dañar dicha relación bilateral incluyen lo siguiente
Traduzco:
"La Sección 27(2) del FOIA reconoce la necesidad de proteger información proporcionada confidencialmente al Gobierno del RU por otro gobierno. En este caso, la información que permanece reservada se refiere a conversaciones confidenciales mantenidas entre funcionarios del Gobierno [del Reino Unido] y representantes del gobierno de España, del gobierno de la Generalitat de Cataluña y de la delegación de Cataluña para el Reino Unido e Irlanda".
Repárese en que las conversaciones entre el Gobierno del RU y la Generalitat están amparadas por la reserva prevista en la legislación británica para las conversaciones con otros gobiernos. Luego volveremos sobre ello; pero ahora reparemos en que este documento del gobierno británico constata que existen conversaciones entre la Generalitat y un gobierno extranjero, en este caso el del Reino Unido, en relación al proceso secesionista. Desde luego, no es una novedad, porque existen abundantes indicios de ello, incluso en palabras de los responsables de la Generalitat; pero como parece que a estos nadie les hace caso, al menos cuando manifiestan que están cometiendo delitos o que piensan cometerlos; detengámonos en esta confirmación que no viene de un actor irrelevante, sino del Ministerio de Asuntos Exteriores del Reino Unido.
¿Esta habilitada la Generalitat para estas conversaciones? Evidentemente, no. La Generalitat no tiene competencia en materia de relaciones internacionales y su acción exterior tiene que limitarse a las competencias autonómicas, tal como ha recordado en varias ocasiones el Tribunal Constitucional, la última con ocasión del análisis de la suspensión del Decreto de la Generalitat que crea el Departamento de Asuntos Exteriores en el Gobierno de la Generalitat (ATC 130/2016). Es evidente que la Generalitat, en tanto que Gobierno autonómico, no puede llevar a cabo actuaciones que escapan a su marco constitucional de actuación, y que el debate sobre la secesión de Cataluña y la creación de un nuevo Estado en el territorio de la Comunidad Autónoma no está cubierto ni directa ni indirectamente por las competencias autonómicas.
Creo que resulta innecesario recordar que esta búsqueda de aliados o apoyos para la secesión en el ámbito internacional supone también una actuación contraria a la Constitución y a las decisiones del Tribunal Constitucional que se han ocupado del denominado "proceso".
Así pues lo que tenemos que preguntarnos es cómo es posible que esta actuación claramente contraria a la Constitución y fuera de las competencias autonómicas siga desarrollándose pese a la evidencia de su existencia, evidencia que ahora viene de la mano de documentos del Departamento de Asuntos Exteriores del Reino Unido.
Que el tema es grave no plantea dudas. Vemos como en la carta referenciada el gobierno británico explica que desvelar el contenido de estas conversaciones podría afectar a las relaciones entre el Reino Unido y España. Lo que vale en una dirección vale también en la otra. Es decir, se trata de conversaciones cuyo contenido puede afectar a las buenas relaciones de España con el Reino Unido.
¿Cómo es posible que se mantenga una actuación de la Comunidad Autónoma que, como reconoce el gobierno británico, puede afectar a las relaciones entre nuestro país y un Estado extranjero como el Reino Unido?
El desafío secesionista comenzó como un problema interno, pero con una inevitable transcendencia internacional. En el origen está el intento de una administración autonómica de actuar más allá de sus competencias y arrogarse facultades que son exclusivas del Estado. En el final se encuentra, según el proyecto nacionalista, la creación de un nuevo Estado; esto es, un acontecimiento esencialmente internacional. Entremedio, la administración autonómica intenta ser reconocida como un interlocutor por los actores internacionales, fundamentalmente los Estados. La denominada "internacionalización del proceso", anunciada por Artur Mas en el año 2012 era tanto el intento de que organizaciones internacionales y Estados presionaran al gobierno español para tolerar un referéndum de autodeterminación en Cataluña y, eventualmente, la secesión del territorio; como el reconocimiento de la Generalitat no como una mera administración infraestatal, sino como un actor internacional.
Hasta ahora no ha habido apoyos internacionales al proceso secesionista; pero ello se ha conseguido porque la diplomacia española ha actuado, presionado y llevado a cabo una política expresa de detención de las actuaciones de la Generalitat. Quien fue hasta hace no mucho Ministro de Asuntos Exteriores de España lo reconoció hace poco para escándalo de algunos; pero era una evidencia que España debería haber pagado precio al silencio de otros Estados en relación a estos temas. En diplomacia nada es gratis.
Así pues la internacionalización del proceso en el primero de los sentidos pretendidos ha sido un fracaso evidente, y no dejan de darse muestras de ello. Ningún Estado favorecerá que se rompan las reglas del Derecho internacional permitiendo un referéndum de secesión en Cataluña y creando una crisis de incalculables consecuencias en el núcleo mismo de la Unión Europea.
Ahora bien, en el segundo de los sentidos de la internacionalización no puede negarse que el proceso sí ha tenido avances, y el documento del Foreign Office lo prueba. El gobierno de la Generalitat es considerado un gobierno y con él se habla de temas que van más allá de las competencias autonómicas; pero si esto sucede no hemos de culpar a los Estados que admiten estas conversaciones o entrevistas, pues ellos no son responsables de verificar la constitucionalidad de las actuaciones de la Generalitat. Los Estados extranjeros se encuentran con autoridades españolas (pues la Generalitat es una administración española) que ejercen sus competencias con la autorización del Estado español y que, por tanto, pueden legítimamente pretender ser escuchadas.
En cierta forma es incoherente que la diplomacia española intente evitar los encuentros internacionales de Puigdemont y de Romeva a la vez que el Ministerio de Justicia parece no ver ningún problema en que dichas actuaciones se lleven a cabo. O dicho de otra forma; si en el ámbito internacional el Ministerio de Asuntos Exteriores dificulta la actuación de la Generalitat porque es incompatible con nuestro ordenamiento ¿no sería lógico que se pusieran en marcha los mecanismos internos que impiden dicha actuación ilegal y contraria a los intereses de España de la Generalitat? ¿Por qué intentamos resolver en el ámbito internacional un problema que podría solucionarse en clave meramente interna? No me extrañaría que los servicios diplomáticos de otros países manifestaran la misma sorpresa. En cierta forma la actitud del gobierno española, la utilizar medios diplomáticos para limitar la actuación de una administración española supone un cierto reconocimiento de que no la controla totalmente; y trasladar esta percepción tiene consecuencias desde la perspectiva internacional.