Las dos imágenes anteriores recogen lo que se ha denominado como PIN parental. En concreto, es el punto 2 de la Intrucción 15.2 de la Resolución de 29 de agosto de 2019, de la Secretaría General de la Consejería de Educación y Cultura [Región de Murcia] por la que se dictan instrucciones de comienzo del curso 2019-2020, para los centros docentes que imparten Educación infantil y Primaria; y el punto 2 de la Instrucción 25 de la Resolución de 29 de agosto de 2019, de la Secretaria General de la Consejería de Educación y Cultura [Región de Murcia], por la que se dictan instrucciones de comienzo del curso 2019-20202, para los centros docentes que imparten Educación Secundaria Obligatoria y Bachillerato.
Como se ve, lo que implica es que los centros deberán informar a las familias de las actividades complementarias que vayan a ser impartidas por personas ajenas al claustro del centro a fin de que las madres y los padres puedan manifestar su conformidad o disconformidad con la participación de los hijos menores en dichas actividades. La particularidad de la regulación aquí se encuentra en que las familias podrán mostrar su disconformidad en lo que se refiere a la participación de los menores en estas actividades complementarias cuando no vayan a ser impartidas por miembros del claustro. Es decir, estas actividades pasan a ser no obligatorias, decidiendo los padres y las madres, en función de la información facilitada por el centro, si su hijo menor participará o no en ella.
No se trata, entiendo, de una novedad absoluta; puesto que ya ahora las actividades complementarias fuera del horario escolar son voluntarias (en Cataluña, por ejemplo, así se establece por la Generalitat de Catalunya, véase, la página 6, punto 2.1.3). Por otra parte, las actividades complementarias que se realizan fuera del centro también son voluntarias; o, al menos, eso se deriva al menos en aquellas en las que su realización exija un pago, excluyéndose de ellas a los alumnos que no realicen el mencionado pago. De esta forma, la Instrucción de la Región de Murcia lo que hace es convertir también en voluntarias aquellas que, aunque realizadas en horario escolar, no sean impartidas por profesorado del centro.
Ciertamente, se puede dudar de la legalidad de la medida, ya que la LOE establece que es obligación de los alumnos participar no solamente en las actividades escolares, sino también en las complementarias [artículo 6.4.b) de la Ley Orgánica 3/1985, de 3 de julio, reguladora del Derecho a la Educación]; pero cuesta entender la virulencia con la que ha sido respondida. La Ministra de Educación, que se ha negado sistemáticamente a actuar en lo que se refiere al incumplimiento en Cataluña de la obligacion constitucional de que al menos un 25% de la enseñanza se imparta en castellano, y que no ha querido ni examinar los informes existentes sobre adoctrinamiento en las escuelas catalanas; y pese al reciente compromiso de desjudicialización de la política por parte del partido socialista, se ha apresurado a anunciar acciones legales contra el gobierno de la Región de Murcia, requiriéndola de inmediato para que retire las instrucciones que figuran al comienzode esta entrada.
A la vez, se ha lanzado una batería de acusaciones contra la medida que han cuestionado de manera directa la competencia de las familias para decidir sobre la participación de sus hijos en estas actividades complementarias. De esta forma, el debate se ha transformado en uno sobre la competencia de los padres en relación a la educación de sus hijos. Y éste, sin duda, es un debate interesante.
Pero antes de entrar en ello, quiero llamar la atención sobre el hecho de que se ha llegado a afirmar que la medida incita "al odio y a la segregación" (así parece que se ha pronunciado UGT en relación a la posibilidad de implantar esta medida en Madrid). Dado que la medida lo que implica es que los alumnos NO participen en determinadas actividades carece de lógica afirmar que pueda incitar al odio. Desde luego, los alumnos no se aprovecharán de los contenidos de las actividades complementarias en las que no participen; pero de no participar en algo nunca podrá derivarse una incitación al odio. Me parece que es bastante claro; pero esta inconsistencia lógica es, como siempre, significativa. Volveremos sobre ello un poco más adelante.
Pero, como decía, probablemente el punto nuclear en este debate es el del papel de los padres y de las administraciones en la educación de los niños. Significativamente, la Ministra de Educación hizo explícito que "no podemos pensar que los niños pertenecen a los padres". Bien, es cierto, no pertenecen a los padre; pero ¿pertenecen a la Ministra de Educación? Lo cierto es que tanto los poderes públicos como las familias tienen un papel en la educación de los niños; y esto que parece bastante lógico, tiene también su reflejo en la Constitución.
El artículo 27 de la Constitución establece tanto el derecho a la educación y que ésta ha de tener por objeto "el pleno desarrollo de la personalidad humana en el respeto a los principios democráticos de convivencia y a los derechos y libertades fundamentales" como la obligación de los poderes públicos de garantizar el derecho de los padres a que sus hijos reciban la formación religiosa y moral que esté de acuerdo con sus propias convicciones. De esta manera, se dibuja un equilibrio entre el papel de las poderes públicos y de las familias, en el sentido de que la educación que deben recibir los niños ha de garantizar el respeto a los valores esenciales de nuestra democracia; pero, a la vez, existiendo como existen distintas concepciones morales y creencias religiosas, se prevé que son las familias las que han de decidir en cuáles de ellas han de ser educados sus hijos. No creo que haya muchas discrepancias sobre este planteamiento teórico.
Otra cosa es llevarlo a la práctica, puesto que existen cuestiones en las que la superposición entre principios fundamentales y valores morales creará zonas grises en las que la delimitación del papel de los poderes públicos y de las familias podrá ser discutido. Lo relativo a lo que normalmente se conoce como moral sexual es uno de ellos.
Evidentemente, no creo que haya dudas sobre el hecho de que forma parte de los principios democráticos esenciales y de convivencia el respeto a todas las personas sin discriminación alguna en lo que se refiere a su orientación sexual. Ahora bien, a partir de ahí cuestiones como si resultan moralmente reprobables ciertas relaciones sexuales (fuera del matrimonio o entre parientes cercanos, por ejemplo) o que resulte moral o religiosamente valioso renunciar en determinadas circunstancias o momentos a las relaciones sexuales, o que determinadas prácticas sexuales deban ser evitadas o limitadas o, por el contrario, favorecidas; son cuestiones que no creo que, en principio, formen parte de los principios o valores esenciales de la convivencia que deban estar presentes en la educación de los niños. Podría plantearse, sin embargo, si el pleno desarrollo de la personalidad, que ha de ser el objeto de la educación de los niños, podría operar como límite a las convicciones morales y religiosas de los padres. Es en esta zona limítrofe donde se pueden producir los debates entre las distintas concepciones religiosas y morales de las familias y la concepción de los poderes públicos sobre qué ha de implicar el libre desarrollo de la personalidad.
En cualquier caso, tratándose de la formación de los niños, lo lógico sería buscar consensos lo más amplios posibles. Fuera de esos consensos, la voluntad de las familias ha de tener prioridad. En este sentido, el que ciertas actividades complementarias impartidas por personal ajeno a la comunidad educativa, puedan ser optativas para las familias no debería ser motivo de una oposición tan frontal y violenta (verbalmente) como la que estamos viendo. Hasta ahora no he visto un debate racional sobre la misma a partir de lo que suponen las Instrucciones objeto de controversia que colocaba al inicio de esta entrada; sino una nueva muestra de la crispación que parece haberse adueñado del debate político en España.
¿Por qué?
Bien, lo primero es ver por qué, tras años en los que no había habido un gran debate sobre estas actividades complementarias en la escuela, ahora se ha convertido en una cuestión que se ha planteado en varias Comunidades Autónomas y que, como hemos visto, amenaza con encender a la sociedad.
Creo que no nos equivocaremos mucho si aventuramos que esta prevención hacia algunas de estas actividades se conecta con una percepción que se extiende y de acuerdo con la cual determinados temas ya no pueden ser objeto de debate, discusión o discrepancia, debiendo ser asumidos como dogmas. Quien discrepa de los planteamientos "oficiales" no es rebatido, sino etiquetado: retrógrado, facha, machista, homófobo, negacionista...
Es algo que personalmente me preocupa. Convencido como estoy de que la libertad de pensamiento, opinión y expresión es el elemento nuclear de toda democracia veo con preocupación las señales de que ciertos temas o planteamientos han dejado de poder ser discutidos racionalmente. Podría poner ejemplos muy diversos. Así, la reacción a la denominada sentencia sobre la denominada Manada, en que miles de personas salieron a la calle a presionar a los jueces sin haberse siquiera leído la sentencia y sin atender a argumento jurídico alguno. Una fiebre que acanzó entonces al Ministro de Justicia, Rafael Catalá, quien criticó de inmediato la sentencia lo que obligó a reaccionar al Poder Judicial exigiendo respeto institucional. Si hablamos de cambio climático, por ejemplo, es sorprendente ver cómo se repiten en pleno siglo XXI esquemas que recuerdan más a la Edad Media, con el mundo esperando la palabra de una adolescente en vez de debatir a partir de premisas científicas sobre la evolución y consecuencias del cambio climático. Esa sustitución de la razón por la emoción es perceptible a todos los niveles. No es difícil encontrarse niños pequeños angustiados por el cambio climático hasta llegar casi al llanto. Un acercamiento al problema basado en la emoción y no en la razón es un síntoma de un fenónemo más general, pero también puede ser una amenaza para el pensamiento crítico. Pondré un ejemplo de hace unos años al que dediqué entonces una entrada en este blog: un estudiante de la ESO me explicaba que en su instituto habían dedicado una semana al cambio climático. En esa semana no les habían hablado, por ejemplo, ni de los cambios naturales en las temperaturas (como el que permitió la colonización de Groenlandia entre los siglos XI y XV, por ejemplo) ni de aquellas teorías que sostienen que hagamos lo que hagamos no es posible revertir ya el cambio climático. Al final me dijo que lo mejor sería que la gente no supiera lo que yo estaba contando porque si lo sabían podrían no hacer lo que tenían que hacer en relación al cambio climático. El pensamiento crítico derrotado por el pensameinto dogmático.
Finalmente, si hablamos de memoria histórica, lo más probable es que cualquier matiz a la doctrina oficial sea calificada como "facha" y, de hecho, se habla de prohibir por ley divulgar planteamientos que sean contrarios a esa doctrina oficial según la cual la República fue un perfecto sistema democrático y que la Guerra Civil fue responsabilidad exclusiva de los militares sublevados, siendo héroes todos los que no se unieron al alzamiento militar y villanos absolutos todos los que no se encontraban en ese grupo, incluidos los que fueron asesinados por el bando republicano (y esto quizás pueda parecer exagerado, pero si no es así, ¿por qué quitar las calles o plazas que tenían el nombre de Calvo-Sotelo o de Pedro Muñoz Seca?).
Como digo, existe la percepción -que quizás no se ajusta a la realidad- de que los límites del debate racional se están reduciendo en determinados ámbitos, siendo sustituido ese pensamiento crítico y abierto por otro dogmático que no refleja un auténtico consenso social. En ese contexto, el temor de que la escuela pueda ser usada como correa de transmisión de esa manera de ver el mundo y sus problemas que prefiere descansar en afirmaciones lapidarias y que al discrepante lo desprecia en vez de convencerle, explicaría las reticencias hacia actividades que no son impartidas por personal del centro, sino por otro externo y que en algunos casos podrían incardinarse en esa cruzada contra el pensamiento crítico a la que me refería antes. Si se afirma que no participar en las actividades complementarias supone "incitación al odio" ¿en qué consisten estas actividades? Como adelantaba antes, no resulta lógico afirmar que no participar en una actividad suponga favorecer el odio. A salvo, claro, que lo que se esté afirmando es que las familias que se niegan a participar en la actividad son familias que odian y se niegan a ser "curadas" de ese odio. No sé si hay alguna otra explicación lógica; pero podría interpretarse así. ¿Nos damos cuenta de lo que implica?
De hecho, la virulencia de la respuesta a las instrucciones de la Región de Murcia podría confirmar los temores que se acaban de expresar. Como hemos visto, el contenido de las instrucciones no hace más que convertir en voluntarias ciertas actividades complementarias (no todas); lo que no es una novedad en la regulación de estas actividades. No discuto que existan razones para impugnar judicialmente estas instrucciones a raíz de lo que establece el artículo 6 de la Ley Orgánica del Derecho a la Educación, tal como ya se ha indicado; pero ¿por qué encender el debate pretendiendo convertirlo en una batalla por el control de los niños (los niños no pertenecen a los padres, sostuvo la Ministra de Educación)? La duda sobre si se quiere utilizar esta cuestión para reducir el papel de las familias y favorecer de esta manera la extensión de un planteamiento, como digo, dogmático y casi religioso en algunos puntos; no puede descartarse; y más teniendo en cuenta que la Ministra que ahora es tan militante, no ha movido un dedo contra los abusos más que documentados en las escuelas catalanas. Parece ser que tan solo aquello que pueda favorecer la confrontación con quienes no se alinean con el bloque autodenominado "progresista" será objeto de atención, mientras que no entrará en el conflicto entre nacionalistas y constitucionalistas en Cataluña. No parece tampoco que sea una casualidad y es una muestra más de que ante los conflictos se prefiere etiquetar a debatir.
En definitiva, al margen de consideraciones legales, el debate abierto tiene importancia porque afecta al papel de lo poderes públicos y de las familias en la educación, y es consecuencia de la confrontación entre planteamientos aparentemente cada vez más dogámticos en ciertos sectores denominados progresistas y el temor de que este acercamiento se apropie de la escuela.
Creo que sería necesario hablar con tranquilidad de estos temas, sin caer en maniqueismos ni dogmatismos, sin caer en el recurso fácil del etiquetaje de aquel con quien discrepamos y busquemos vías de reconstruir los consensos dentro de nuestra sociedad.
Ponderado y argumentado. En resumen: Excelente.
ResponderEliminarSabemos en qué van a consistir esas actividades o se sospecha . Los valores universales "socialistas" , no todos los padres quieren que sus hijos sean educados afectiva y sexualmente por las directrices del Ministerio de Igualdad .
ResponderEliminar¡Magnífico análisis! Me ha aclarado alguna duda que tenía sobre el funcionamiento del pin parental y me he ratificado en la irracionalidad de la reacción por parte del gobierno. Pero no esperaré que reaccionen de otro modo... no con esta gente.
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