Páginas

Artículos en "The New York Times"

Artículos en "El País"

Artículos en ABC

Artículos en "El Periódico"

Artículos en "El Mundo"

Artículos en "El Español"

Artículos en "Crónica Global"

Artículos en "Te interesa"

Artículos en "El Universal"

Artículos en "La Razón"

Páginas

miércoles, 28 de septiembre de 2022

Lección inaugural. No en mi nombre

Es tradicional que cada curso se inicie formalmente en la universidad con una lección solemne, la lección inaugural. Usualmente se considera como un gran honor ser designado para impartir esa lección, en la que, idealmente, toda la institución se para por un momento para escuchar a aquel que es elegido para impartir una clase que, también idealmente, debería servir de modelo para las que todo el resto de profesores deberemos dictar (si se me permite el anacronismo) durante el año que comienza.
No cabe duda, por tanto, que la elección de la persona y del tema de la lección inaugural no debería ser cosa que se dejara al azar. La lección inaugural, de alguna forma, representa a la Universidad y no debe ser descuidada. No es un tema menor.
Para abordarlo existen diferentes opciones. En algunas instituciones, el encargo se atribuye al catedrático más antiguo; quien, se supone, deberá impartir una lección sobre algún tema de su especialidad. De esta forma, el azar del escalafón nos puede deparar un año una clase sobre agujeros negros y al curso siguiente otra sobre la batalla de Cannas o las oraciones subordinadas en la lingüística comparada. Este criterio también se puede enriquecer haciendo que sea el catedrático más antiguo de cada facultad o escuela, correspondiendo cada curso a uno de los centros el honor de aportar el docente de la lección inaugural.
Quizás esta solución sea la más aburrida pero, a la vez, la que mejor reflejaría la realidad auténtica (si se me permite la redundancia) de la Universidad. Otra en cambio, preferiría invitar a académicos reconocidos que impartirían una conferencia sobre su especialidad, normalmente, más bien en tono divulgador, porque quienes mucho saben, incluso aunque hablen de la cosa más común, algo nuevo nos enseñarán. Finalmente, se puede hacer el encargo a una persona conocida, aunque no sea estrictamente un académico reconocido para que hable de algún tema de interés general.
Esta última es, probablemente, la opción preferida actualmente; lo que, a su vez, plantea algunas dificultades; porque cuando el tema no es estrictamente académico se corre el riesgo de utilizar un acto institucional para desarrollar discursos que comprometan a la universidad más allá de lo que sería razonable en una institución académica, y más si se trata de una institución académica financiada con dinero público e integrada en la administración pública.
Es un riesgo, pero, ¡qué diantre! la universidad ha de asumir también algún riesgo. Si al final el conferenciante te sale rana y acaba diciendo alguna extravagancia, los responsables académicos siempre podrán encogerse de hombros y decir que en la universidad ha de primar la libertad de expresión.
Este curso la UAB, mi universidad, ha optado por elegir a Màrius Serra para que hablara de "Català, a l'atac en l'era del lingüicinisme". La universidad ya había indicado que la conferencia inaugural se enmarcaba en la campaña "No em toquis la llengua", de la que me ocupé en otro lugar.


El que la lección con la que se da inicio solemne a curso se enmarque en una campaña con un nombre tan desafortunado y que se mete hasta la cintura en un debate que divide a la sociedad -tal como hemos podido  tenido ocasión de comprobar con el conflicto sobre la vehiculariedad del castellano en la escuela; un conflicto que ha supuesto debates en el Parlamento, acciones judiciales, manifestaciones y artículos en prensa- auguraba una lección en la misma línea.
Y así ha sido.
Ciertamente, nada que objetar a la estructura formal del discurso. Bien construido, articulado y expresado, no cabe duda que Màrius Serra es un buen conferenciante. Ahora bien, como el mismo dijo en su intervención, hay que ver qué es lo que dice, no solamente la lengua en la que se dice.
Y lo que dijo no puede dejarnos indiferentes (a partir del minuto 14).


Para quien caiga en esta entrada sin tener ningún contexto, hay que plantear algunos antecedentes, aunque sea muy sumariamente.
Cataluña es una Comunidad Autónoma en la que son oficiales el castellano y el catalán. La mayoría de la población tiene como lengua materna el castellano; pero tanto la administración autonómica como los medios públicos de comunicación que dependen de ella, la escuela y, en buena medida, las universidades, utilizan casi exclusivamente el catalán. Puede comprobarse, por ejemplo, cómo en esta inauguración del curso de la UAB prácticamente la única lengua utilizada es el catalán, limitándose el español a alguna cita del conferenciante.
Este monopolio oficial del catalán responde a un planteamiento nacionalista que mantiene que lo natural en Cataluña es la utilización del catalán y que a eso ha de tenderse, dejando el español, pese a ser lengua oficial y mayoritaria, en una posición residual.
Frente al planteamiento anterior, hay quien sostiene que tanto catalán como castellano han de ser lenguas consideradas como propias por los catalanes; que el castellano ha de ser también lengua de la escuela (y por eso se pide una escuela bilingüe) y que las administraciones han de utilizar con normalidad ambas lenguas oficiales.
Por supuesto, este es un resumen brevísimo, y hay muchos más debates abiertos en relación a este cuestión nuclear para cualquier sociedad, la lengua, y especialmente importante en aquellas, como la catalana, en la que varios idiomas tienen una presencia muy significativa. Para desarrollos más detallados sobre las múltiples dimensiones de esta cuestión me remito a este documento de Impulso Ciudadano que trata con cierta profundidad la problemática de la convivencia de las lenguas en Cataluña.
Estos son los términos del debate, y la lección inaugural del curso 2022-2023 ha sido utilizada para realizar una encendida defensa de la primera de las posiciones, la que pretende que la única lengua legítima de Cataluña es el catalán; acompañado de insultos dirigidos a quienes defendemos posiciones diferentes.
En este sentido el señor Serra ha sido muy claro; especialmente cuando en el minuto 35, donde dice que bilingüismo debería ser con "v" de vil, y califica de "viles" a los bilingüistas que "denuncian escuelas".
El insulto gratuito, duro y reiterado dirigido a un colectivo claramente identificado, que no se oculta y que plantea sus reivindicaciones con los medios de los que dispone dentro del marco legal; cuando se hace, además, desde la cátedra universitaria y en uno de los momentos más solemnes del curso a quien envilece es a quien utiliza esa posición para intentar denigrar (intentar tan solo, porque denigra quien puede, no quien quiere) a quien no puede defenderse. Y, lamentablemente -y siento decir esto- creo que mancha también a la propia institución, al menos cuando esas palabras son aplaudidas, puesto que tras haberlas pronunciado ya no cabe el encogimiento de hombros y el "no sabía que iba a decir eso".
El insulto, además, iba acompañado de la mentira; pues dijo que quienes defendemos el bilingüismo en realidad lo que queremos es no aprender catalán. Cosa que es radicalmente falsa y una acusación tan ridícula que no merece la pena ni contestarla. Que una falsedad de ese calibre se lance impunemente desde una posición de privilegio como es la que tenía el día 27 de septiembre el señor Màrius Serra descalifica -y siento decirlo- el acto en el que se realiza y a quienes lo han diseñado. Y siento también decir esto último.
El insulto y la mentira eran el núcleo de una presentación en la que el conferenciante confrontaba sus propios planteamientos con los que muchos venimos expresando desde hace tiempo y que hace poco más de una semana nos convocaron en una manifestación bajo el lema "Español, lengua vehicular".


En la manifestación también se reivindicaba (por cierto, como reivindicaba el catalanismo en los años 70 del siglo XX) la enseñanza en lengua materna.
En su conferencia, el señor Serra tuvo tiempo para meterse con ambas reivindicaciones de la manifestación (sin nombrarla), tanto la enseñanza en lengua materna como el cuestionamiento de la exclusión del castellano como lengua vehicular en la escuela. En ese punto aprovechó para decir que los únicos ciudadanos monolingües en Cataluña son castellanohablantes, no catalanohablantes; una afirmación que bien merecería la cita de alguna fuente o de la metodología utilizada para llegar a dicha conclusión, pues de otra forma se podría entender que desprende un cierto tufillo supremacista (los de mi grupo, catalanohablantes, hablamos más idiomas que los de tu grupo, castellanohablantes).
Si a lo anterior añadimos que, como se ha adelantado, tildó de viles a los que "denunciaban escuelas"; entiendo que refiriéndose a las reclamaciones judiciales de familias y asociaciones para que al menos una cuarta parte de la enseñanza se imparta en castellano, no creo que pueda ser calificado como paranoia que en buena medida el objetivo de la conferencia era criticar a quienes ponemos en duda la hegemonía del catalán en las escuelas catalanas.
Meterse en un debate así y utilizar la cátedra que se le prestaba para hacer una intervención claramente partidista no es, como digo, seguramente lo que un observador imparcial esperaría de una lección inaugural de un curso universitario; pero también ha de aclararse que hubo en la conferencia una parte de construcción (entre los minutos 37 y 49 del vídeo); una parte en la que Màrius Serra explicaba algo tan transcendente como qué quiere decir ser catalán.
No cabe duda que es también un tema de enjundia. Personalmente siempre me he quedado en lo que establece el art. 7 del Estatuto de Autonomía de Cataluña: es ciudadano de Cataluña el nacional español con vecindad administrativa en algún municipio de la Comunidad Autónoma; pero, obviamente, el señor Serra ni consideró esta posibilidad para buscar un concepto mucho más esencialista de la condición de catalán.
Según Màrius Serra para ser catalán hay que hablar catalán (minuto 38), pero teniendo en cuenta que hay territorios en que se habla catalán y que, sin embargo, están fuera de la Comunidad Autónoma (minuto 42). Aparte de hablar catalán, sin embargo, es preciso algo más; y ese algo más es que no se subordine la condición de catalán a la de español o francés (minuto 45) y que no se muestre indiferente por el futuro de la lengua catalana (minuto 46).
Vamos, una sesión de repartir carnets de catalán sin ningún disimulo ni timidez.
Es una opción, claro. Una opción que se aparta de la definición estatutaria y que se conecta con visiones esencialistas y nacionalistas a partir de un marcador muy claro: la lengua. Una visión nacionalista y excluyente (el que no comparta estos valores no formará parte del grupo, de la catalanidad) que conocemos muy bien, y que es legítima como planteamiento particular o colectivo; pero ¿es el planteamiento oficial de mi universidad?
Diría que sí, porque el Rector y resto de la mesa aplaudió el discurso; esto es, los insultos, descalificaciones, mentiras y la reedición de la construcción romántica de la nación sobre la lengua. Además, el Rector, tuvo en su intervención tiempo para reafirmar el compromiso de la universidad con el catalán, una lengua en regresión, según explicó (quién diría que está en regresión viendo un acto como éste en el que la única lengua empleada fue el catalán) y agradecer la lección de Màrius Serra. Además, como digo, la lección inaugural ya se enmarcaba en una campaña que claramente apuesta por identificar una lengua como "correcta" y otra como "incorrecta" en el campus universitario. Curiosamente, la incorrecta es, casi con toda seguridad, la materna de la mayoría de los alumnos, quizás también de los profesores y PAS, y tan oficial como el catalán.
De esta forma, y desde mi punto de vista, lamentablemente, la lección inaugural sí que dice mucho de la UAB "oficial", de unos responsables universitarios que, como he comprobado ya en varias ocasiones, se pliegan al nacionalismo y pretenden convertirlo -hoy se ha visto- en ideología oficial de la universidad.
Pues bien, ante eso, somos unos cuántos los miembros de la comunidad universitaria que desde la modestia de nuestros puestos seguiremos reivindicando una universidad que respete todas las posiciones, que se centre en la docencia, la investigación, la transferencia y permita un debate en su seno lo más vivo posible, sin asumir como propios más que los principios democráticos básicos y los valores fundamentales que identifican a todas las democracias de nuestro entorno.
Principios y valores que no son los que defendió ayer el encargado de la lección inaugural.
Y creo que es mi responsabilidad como universitario y, en concreto, como parte de la comunidad universitaria de la UAB escribir esto y decir, "no en mi nombre".

lunes, 26 de septiembre de 2022

Comisión Europea y garantía de los principios democráticos en los países miembros de la UE

I. La visita de Reynders

Estos días visitará España el Comisario de Justicia de la UE.


Creo que es buena ocasión para repasar cómo puede (y debe) controlar la UE el respeto a los principios democráticos en los estados miembros. Es un tema que tiene una cierta dificulta técnica, pero espero poder mostrar que, a la vez, es relevante para la práctica y, sobre todo, para el análisis político de la situación en la que se encuentran la UE y sus estados miembros.
Se trata de ver el papel que juega la Comisión Europea y el resto de instituciones de la UE en el control del respeto a los principios democráticos en los estados miembros de la Unión. Qué dificultades tiene ese control y también qué riesgos plantea. Antes de entrar en ello, sin embargo, es preciso ver qué queremos decir con principios democráticos y cuáles son las obligaciones que, desde la perspectiva del derecho de la UE, asumen los estados miembros en relación a dichos principios democráticos. A su vez, para entender esto tenemos que detenernos un momento en la estructura de la UE o, por mejor decir, en la estructura de la articulación (no es una redundancia, aunque lo parezca) de los estados miembros y la UE.

II. El papel de la Unión y el papel de los estados miembros

La primera idea es que la existencia de la UE no implica que la Unión sustituya a los estados miembros o que la UE sea un "superestado". Nada de eso. La Unión tiene sus competencias y los estados tienen las suyas. De hecho, la UE tan solo tiene las competencias que le han atribuido los estados y, además, en las competencias que no son exclusivas de la UE -y, por tanto, concurrentes con las de los estados, la UE solamente actuará cuando esa actuación sea imprescindible para conseguir un determinado objetivo, sin que dicho objetivo pueda ser alcanzado por los estados (principio de subsidiaridad). Esto explica que haya muchas cuestiones en las que el recurso a las instituciones de la UE sea inútil, puesto que se trata de cuestiones que competen a los estados. De la misma forma, esto también permite explicar por qué la Carta Europea de Derechos Fundamentales tiene un alcance limitado, pues solamente se aplica respecto a las instituciones de la UE y, en relación a los estados miembros, cuando el estado en cuestión está aplicando derecho de la UE. Esta Carta de Derechos Fundamentales no es una "versión bis" del Convenio Europeo de Derechos Humanos, sino que, como digo, tan solo pretende que las actuaciones de las instituciones de la UE, y de los estados miembros cuando aplican derecho de la UE, se ajusten a los estándares de protección que ofrece la mencionada Carta.
Si tenemos en cuenta lo anterior, resultará que el papel que pueden jugar las instituciones de la UE en relación a muchos debates internos de los estados es muy limitado, puesto que las competencias de la Unión también son limitadas. Si tuviéramos en cuenta tan solo lo anterior resultaría que poco o nada tendría que decir el señor Reynders sobre la renovación del CGPJ, por ejemplo.
Sin embargo, como sabemos, el señor Reynders sí que tiene cosas que decir sobre ese tema, y la justificación para que las diga es doble. Una no tiene que ver directamente con el tema del respeto a los principios democráticos en los estados miembros y la otra sí. Comencemos por la primera y tras ella vayamos a la segunda que es la que realmente nos interesa para el tema que queremos tratar.
La primera vía es que los jueces de cada estado miembro no son solamente jueces nacionales, sino que son también jueces europeos. Me explico: el derecho de la UE, más allá del Tribunal de Justicia, del Tribunal General y del Tribunal de la Función Pública, no tiene un cuerpo propio de aplicadores del derecho de la UE. Ese derecho ha de ser aplicado por las autoridades nacionales y, en particular, por los jueces, por lo que si el sistema judicial de cada país no reúne los requisitos necesarios de independencia resultaría que no se estaría permitiendo una adecuada aplicación del derecho de la UE. Esta fue la vía utilizada por el Tribunal de Luxemburgo para entrar a verificar la adecuación de la normativa sobre el poder judicial adoptada en Polonia [STJ (Gran Sala) de 24 de junio de 2019, As. C-619/18, Comisión Europea c. República de Polonia, ECLI:EU:C:2019:531]



Ahora bien, como decíamos, esto no es lo que más nos interesa, sino la otra base que fundamenta la actuación de la UE en el control del respeto a los principios democráticos en los estados miembros, la que abre el art. 2 del TUE.

III. Los valores comunes a los estados miembros

Este artículo establece que la Unión se fundamenta "en los valores de respeto de la dignidad humana, libertad, democracia, igualdad, Estado de Derecho y respeto de los derechos humanos, incluidos los derechos de las personas pertenecientes a minorías". Y añade: "Estos valores son comunes a los Estados miembros en una sociedad caracterizada por el pluralismo, la no discriminación, la tolerancia, la justicia, la solidaridad y la igualdad entre mujeres y hombres". La importancia que tiene el respeto a estos valores en los estados miembros viene reforzada por lo que establece el art. 7 del TUE donde se prevén actuaciones y sanciones para los casos en que exista "un riesgo claro de violación grave por parte de un Estado miembro de los valores contemplados en el artículo 2" y también cuando se constate "la existencia de una violación grave y persistente por parte de un Estado miembro de los valores contemplados en el artículo 2".
De estos preceptos se deduce que hay una obligación, derivada del derecho de la UE y que se proyecta sobre todos los estados miembros, de garantizar el respeto a los principios que recoge el art. 2 del Tratado de la Unión Europea.

Y si hay una obligación derivada del derecho de la UE, las instituciones de la UE, incluida la Comisión, tienen competencia para verificar el cumplimiento de dicha obligación. Por esta vía, las instituciones de la UE adquieren una capacidad general de fiscalización del funcionamiento de los principios democráticos en los países miembros de la Unión.

Lo anterior parece que es "dos más dos, igual a cuatro"; pero ha habido no pocas resistencias a admitir el resultado que se acaba de explicar. De hecho, es relativamente reciente la asunción de esta competencia de la Unión, que se ha clarificado como consecuencia de las infracciones detectadas en Polonia y Hungría. Ha sido a partir de esos casos que las instituciones europeas han mostrado una voluntad más nítida en la monitorización del respeto a los principios democráticos en los estados miembros. En este sentido resulta significativa la propuesta motivada de la Comisión para una decisión del Consejo en relación a Polonia del año 2017, donde se dice expresamente que la Comisión y el resto de instituciones de la UE son responsables, junto con los estados miembros, del respeto en estos de los valores comunes de la Unión.


Es una afirmación de una enorme importancia que ha tenido continuidad con el establecimiento de un mecanismo de verificación permanente de la situación del Estado de Derecho en los estados miembros, un informe anual del que ya se han publicado tres ediciones (2020, 2021 y 2022)


Que se completa con un mecanismo de condicionalidad en la recepción de los fondos europeos que se supedita al respeto al Estado de Derecho en los estados miembros.


Se trata de mecanismos que dotan a las instituciones europeas de un enorme poder. Son un paso adelante en la federalización de Europa y creo que han de ser valorados de manera muy positiva.

IV. Un gran poder lleva aparejada una gran responsabilidad

Pero, como dicen en Spiderman, un gran poder supone también una gran responsabilidad. La Comisión ha de administrar con sabiduría unas herramientas que conectan el núcleo de los debates políticos internos de los estados miembros con Bruselas. Hay que hacerlo, no hay otra vía; pero hay que hacerlo siendo muy conscientes de que se está jugando con fuego.
¿Por qué digo lo anterior? Pues porque la Comisión puede tener la tentación de utilizar este mecanismo de control del respeto a los principios democráticos como una herramienta más de apoyo a sus políticas; lo que implicaría que en función de factores que no son el control técnico y objetivo de la vulneración de los principios democráticos se actuaría con más o menos intensidad en función del país infractor o de la naturaleza de la infracción. Esto es, evidentemente, muy peligroso.

Ya hemos visto ejemplos de ello. Uno de los motivos por los que se está investigando a Polonia es porque ha establecido un mecanismo de designación de los miembros del órgano de gobierno de los jueces en los que tales miembros son elegidos por el Parlamento por una mayoría de 3/5. Esto motivó las protestas de la Comisión, que se reflejaron en la propuesta motivada de decisión que citaba hace un momento.


Bueno, esa mayoría de tres quintos en las cámara legislativas para designar a los integrantes del órgano de gobierno de los jueces es el que hay en España desde 1985, un sistema de designación que los partidos de gobierno en España pretendieron modificar para sustituir la mayoría de tres quintos ¡por mayoría simple! Lógicamente, le faltó tiempo a las autoridades polacas para llamar la atención de la Comisión sobre el tema y exigirles que hicieran con España lo mismo que estaban haciendo con Polonia. A la Comisión no le quedó más remedio que intervenir y el tema de la renovación del CGPJ será uno de los que salgan en las reuniones que el Comisario mantendrá en España en los próximos días. Ahora bien, la gestión de este tema por parte de la Comisión sigue mostrando una contemporización con el gobierno de España que tiene difícil explicación desde un análisis objetivo de los requisitos que deberían considerarse para determinar el respeto al Estado de Derecho y, más en general, a los principios democráticos.
Así, en el último informe sobre el Estado de Derecho en España, la Comisión insiste en la necesidad de modificar el sistema de elección de los miembros del CGPJ por una mayoría de tres quintos en el Congreso y en el Senado (el mismo sistema que es objeto de críticas en relación a Polonia) pero, a la vez, se pide que ANTES de proceder a la reforma del sistema de elección de los vocales del CGPJ para adecuarlo a las exigencias del Consejo de Europa y de la Unión Europea, se proceda a la renovación del CGPJ, de acuerdo con unas reglas que la propia Comisión considera que no se ajustan a los estándares europeos.
Es más, parece ser que el  Comisario Reynders se reunirá con PP y PSOE para conseguir desbloquear la elección de los vocales del CGPJ.


Esto es un disparate. De acuerdo con la normativa española, no son el Gobierno y el PP quienes designan a los vocales del CGPJ, sino que son el Congreso y el Senado. Si se quiere mantener alguna apariencia de respeto a la independencia judicial lo que, en su caso, tocaría hacer es forzar a los presidentes del Congreso y del Senado a que pusieran en marcha el mecanismo de renovación del CGPJ de acuerdo con el sistema viciado que ahora tenemos; pero sin profundizar en la politización del mismo reconociendo abiertamente que lo que se hace en el Congreso y en el Senado es un mero pariré y que todo se cuece entre el Gobierno y el principal partido de la oposición. Esto es tanto como condenar a la ilegitimidad al próximo CGPJ ¡y con el amparo del Comisario de Justicia de la UE que es quien debería velar por el respeto al Estado de Derecho!
¿Cómo es que se ha llegado a esto? Mi hipótesis es que Reynders, para conseguir la promesa de la modificación del sistema de elección del CGPJ ha introducido una exigencia que viene de la parte del Gobierno: la de la necesidad de renovar el CGPJ antes de que se produzca esa reforma. Si no es por concesión al Gobierno español no se alcanza el por qué de la exigencia de que esa renovación se produzca con anterioridad a la modificación de la normativa para adecuarla a las exigencias del Consejo de Europa y de la UE; exigencias que se concretan en que al menos la mitad de los vocales sean elegidos por los jueces.

V. Sesgos en el informe anual sobre la situación del Estado de Derecho en la UE

El caso en sí es grave, pero lo traigo aquí a colación como ejemplo de los equilibrios que hace la Comisión para llevar adelante su responsabilidad de velar por el respeto a los principios democráticos en los estados miembros y la necesidad de no molestar excesivamente a demasiados gobiernos a la vez. Esto explicaría también un cierto sesgo en el informe anual sobre el Estado de Derecho, un sesgo que lleva a que determinadas actuaciones que han merecido un firme reproche de la Comisión en relación a unos estados sean pasadas por alto cuando son otros los estados afectados. Pondré un ejemplo cercano: en la ya mencionad propuesta motivada de decisión del Consejo en relación a Polonia se incide en que supone una vulneración del Estado de Derecho que miembros del poder ejecutivo, o, incluso, del partido de gobierno, descalifiquen a los jueces.


¿Qué decir entonces del gobierno de la Generalitat y sus continuas descalificaciones a los jueces, descalificaciones que van acompañadas de la desobediencia abierta y expresa a las decisiones judiciales y a una política de hostigamiento a los jueces en la que participan los partidos de gobierno de la Generalitat? Si se considera que, en el caso de Polonia, declaraciones públicas contra jueces impulsadas por el gobierno polaco o parlamentarios de la mayoría de gobierno han llegado a plasmarse en una propuesta motivada de decisión del Consejo sobre vulneración del Estado de Derecho, ¿cómo es posible que la abierta desobediencia a la judicatura en Cataluña por parte del gobierno de la Generalitat no merezca ni una línea en el informe anual sobre el Estado de Derecho?




Solamente se me ocurren dos explicaciones. Una de ellas ya ha sido apuntada: la Comisión utiliza su competencia en materia de vigilancia del respeto a los principios democráticos en los estados miembros como una herramienta más de su política general, usándola como palo, en la dicotomía entre palo y zanahoria, en sus relaciones con los gobiernos. Y aquí la facilidad con la que sale el palo depende en buena medida de la mayor o menor intensidad con la que el gobierno de turno se da golpes de pecho europeístas.
Hay también otra explicación: la sensibilidad de la Comisión no es la misma cuando las infracciones van en una línea que cuando van en otra. Esto es, hay ciertos planteamientos ideológicos (el nacionalismo periférico, por ejemplo) que cuenta con mayores simpatías y al que se le permiten más cosas que a otros tipos de comportamientos igualmente contrarios a principios democráticos, pero que, además, cuentan con un peor aparato de propaganda.

VI. La responsabilidad de la Comisión en una Europa dividida

Esto último es especialmente peligroso. A nadie se le oculta que ahora mismo en Europa se desarrolla un debate integrísimo entre diferentes ideologías y concepciones sobre cómo han de configurarse los derechos fundamentales y las libertades públicas que está pensionando no solamente la UE, sino también el Consejo de Europa y el debate político en los estados miembros. Las instituciones europeas, por supuesto, han de defender aquellos valores y principios que son comunes (art. 2 del TUE) y que, en buena medida, son ante todo procedimentales, porque las democracias liberales se caracterizan por un sano escepticismo que hace prevalecer el debate público sobre las verdades eternas, tanto en un sentido como en el otro.
Si la Comisión no atiende a este principio y, por tanto, no es riguroso al máximo en la forma, muy exigente en lo que se refiere a principios comunes de los estados miembros y cautelosa en aquello que no sean principios comunes, acabará siendo percibida como un agente partidista más.
Y eso, en la Europa crispada y dividida que vivimos sería una muy mala noticia.

martes, 20 de septiembre de 2022

Constitucionalismo v. PSC


Hay un detalle en el que se repara poco cuando se compara la manifestación del pasado 18 de septiembre, "Español, lengua vehicular", con las manifestaciones constitucionalistas del año 2017. En aquellas, como veremos, de una forma u otra estaba el PSC. La manifestación de este último domingo, sin embargo, se ha hecho contra el PSC. Y este no es un detalle menor.


Confieso que no había reparado en ello hasta que en medio de la manifestación me percaté de que no había gritos contra el gobierno de Sánchez, el PSC o el PSOE. Sí que hubo recriminaciones en el manifiesto que se leyó y en las intervenciones finales, pero no recuerdo eslóganes contra los socialistas durante la marcha, al menos en la parte en la que yo estaba.


Lo anterior no deja de ser extraño, pues, en realidad, quien nos había convocado allí era la complicidad del PSC y del gobierno de España con los nacionalistas y en los últimos meses ha quedado clara la enorme responsabilidad, tanto del gobierno, como de los partidos socialistas (PSC/PSOE) en la situación actual de la escuela catalana. Ya no se trata de que el gobierno haya dejado hacer o mirado para otro lado; sino que ha sido cooperador necesario en la desactivación de la sentencia del 25%; tanto por haberse opuesto (a través de la Abogacía del Estado) a la ejecución forzosa de la decisión judicial (ejecución solicitada por la AEB, en el marco de la plataforma "Escuela de Todos", “Hablamos Español” y padres de alumnos escolarizados en Cataluña); como por haber pactado con los nacionalistas una ley (la ley autonómica 8/2022) que, según lo ha interpretado el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC), impide la ejecución de dicha sentencia.


El TSJC ha señalado los vicios de inconstitucionalidad en que incurren tanto el decreto ley 6/2022 sobre proyectos lingüísticos de centros educativos, como la ley 8/2022 sobre uso y aprendizaje de las lenguas oficiales en la enseñanza universitaria, normas promulgadas por la Generalitat con el fin expreso de impedir la ejecución de la sentencia del 25%. También ha aclarado el TSJC que tales disposiciones paralizan la ejecución de la sentencia que obliga a que el español sea lengua vehicular en la escuela. Se trata de constataciones que no pueden ser obviadas al valorar la negativa del gobierno de España a impugnar dichas normas ante el Tribunal Constitucional (TC). Una impugnación que hubiera implicado la suspensión de la eficacia de las mismas. Advertido por los tribunales de que dicha ley y el mencionado decreto ley presentaban visos de inconstitucionalidad, y siendo conscientes de que tan solo el gobierno podría evitar que fueran aplicados durante el desarrollo del proceso de declaración de inconstitucionalidad ante el TC, dejar de usar la facultad que la Constitución le confiere para paralizar las normas autonómicas de rango legal que están siendo estudiadas por el Alto Tribunal, convierte al gobierno en cómplice de la Generalitat en la vulneración de los derechos lingüísticos de los alumnos catalanes.


La inmensa mayoría de los que nos congregamos en Barcelona el día 18 de septiembre éramos conscientes de lo anterior y así se hizo constar en las intervenciones finales, como he indicado; pero, pese a ello, costaba verbalizarlo durante la marcha, aunque tan solo fuera con un grito. Y creo entender por qué. Intentaré explicarlo a continuación.


Hace años que se vive en España una fractura profunda entre quienes valoran positivamente la Constitución, el sistema democrático de derechos y libertades que diseña, y el mecanismo de articulación territorial que prefigura; y quienes, por el contrario, desean la destrucción de ese delicado andamiaje jurídico y político para cambiar la forma de gobierno (III República) y/o desgajar parte de su territorio. En este último caso con la alternativa de, sin llegar a la independencia formal, convertir el estado autonómico en una confederación en la que el poder central sería testimonial.


Esta tensión profunda entre dos maneras de entender el país se desarrolla más allá del marco constitucional, precisamente porque su destrucción es el objetivo de uno de los bandos; lo que lleva a situaciones de confrontación que casi llega a ser física. La sesión de investidura de Rajoy en octubre de 2016 nos abrió una puerta a ese enfrentamiento entre dos concepciones diferentes, radicalmente diferentes, del país.



En aquel debate hubo un momento significativo. Antonio Hernando (PSOE) pidió la palabra tras una intervención de Gabriel Rufián y le recordó que los socialistas habían vertido sangre para defender la democracia que permitía que Rufián estuviera en el Congreso expresándose con libertad y utilizándola para insultar de manera soez al grupo parlamentario y al partido socialista. Esas palabras de Hernando fueron recibidas con un fuerte y emocionado aplauso de los diputados no solamente socialistas, sino también de Cs y del PP. Ahí se vio con claridad uno y otro bloque en el Congreso, y he de reconocer que aquel momento me impresionó, porque también era consciente de lo frágil que era aquel aplauso.



Seis años después el PSOE está con Rufián y lo que representa. No hay duda sobre ello. Lo demuestran muchas cosas, y también, de forma muy clara, su alianza con el nacionalismo para excluir al español como lengua de la escuela en Cataluña. Durante lustros (o quizás, décadas) el PSC ha intentado una difícil equidistancia entre constitucionalismo y nacionalismo; pero al final la moneda deja de rodar y cae sobre una de sus caras. El giro no puede ser eterno.


Y la cara que ha quedado a la vista es la nacionalista. La manifestación del 18 de septiembre lo muestra. Es una manifestación constitucionalista en la que el PSC no  es que no esté presente; sino que, además, tiene como finalidad protestar por las políticas que desarrollan el partido y el gobierno socialista. Esto marca una diferencia esencial con las manifestaciones del año 2017, que no se limitan a las del mes de octubre, sino que también incluyen la de 19 de marzo, "Aturem el cop!", en la que se consiguió lo que entonces parecía imposible: llenar Vía Layetana hasta la subida hacia Plaza Sant Jaume.



El PSC no se sumó como tal a la convocatoria; pero sujetando la pancarta estaba David Pérez, entonces (y ahora) diputado socialista en el Parlamento de Cataluña.



En las grandes manifestaciones de octubre de aquel año ya hubo representación del partido socialista. No se les veía excesivamente entusiasmados con la idea de tener que compartir pancarta con el PP y Cs; pero al final, de una forma u otra, el partido socialista estaba presente.




No, en cambio, en la de 18 de septiembre de 2022. En la manifestación había socialistas (pude estrechar la mano de alguno); pero no había ningún cargo directivo o diputado sosteniendo la pancarta.

Ni lo había ni podía haberlo porque, como decía, la manifestación protestaba contra una política lingüística que ya no es la política nacionalista, sino que es la política nacionalista y socialista, unidos estos a los primeros por los vínculos que comentaba antes: el pacto para sacar adelante la ley 8/2022, el rechazo a la ejecución forzosa de la sentencia del 25% y la negativa del gobierno a impugnar ante el TC tanto el decreto ley 6/2022 como la ley 8/2022.

El constitucionalismo ya no es que no pudiera contar con el apoyo socialista, sino que no tenía más remedio que oponérsele. No por opción del primero, sino como inevitable consecuencia de la colaboración del segundo en la privación de derechos que sufren los alumnos catalanes; una colaboración que encontraba reflejo en otra imagen: el posado en el Parlamento de Cataluña de nacionalistas, comunes y socialistas tras la aprobación de la ley 8/2022



Creo que se ha destacado poco esta dimensión de la manifestación del 18 de septiembre, cuya transcendencia me había pasado desapercibida hasta que sentí lo costoso que nos era lanzar contra un partido que hasta ahora era “de los nuestros”, los reproches que tantas veces habíamos dirigido hacia los nacionalistas.

La ausencia del PSC/PSOE era algo más que una ausencia; era la constatación de que en esa división profunda entre las dos Españas de la que somos testigos desde hace años, el bando de aquellos que quieren poner fin al período más largo y próspero de convivencia y libertad en la historia de España está a punto de absorber de manera difícilmente recuperable a uno de los partidos que más había trabajado, sufrido y pagado por robustecer el sistema democrático que surgió tras la dictadura franquista.

Pienso que era esa dura constatación la que cerraba las gargantas. Reunir una manifestación como la del domingo en Cataluña, que se dirigía simultáneamente contra el nacionalismo y contra el PSC, sería impensable hace muy poco; pero éste es uno de esos casos en los que el éxito deja un trozo de hielo en el corazón.