sábado, 23 de noviembre de 2019

PSC y lengua en las escuelas




Estos dos puntos del programa que el PSC debatirá en su próximo congreso de diciembre están dando mucho que hablar. No es extraño: tratan dos elementos clave en cualquier sociedad, la lengua y la escuela. Creo que merece la pena detenerse en ellos.
Dejaremos para el final el análisis del contexto con el que se inicia el punto 35 y comenzaremos por las propuestas que hace.
- Conseguir una convivencia efectiva y afectiva del catalán y del castellano.
- Hacer de la diversidad lingüística un activo, defendiendo el catalán y el castellano mediante un modelo plurilingüe y flexible.
- Los niños y las niñas han de conocer y apreciar el catalán y el castellano.
Me parece difícil encontrar una propuesta más políticamente correcta que ésta que hace el PSC. Cataluña en una región en la que más de la mitad de la población tiene como lengua materna el castellano y un tercio aproximadamente el catalán. Las dos son (junto con el aranés, no lo olvidemos) lenguas oficiales, no solamente por su importancia cuantitativa, sino por el hecho de que han sido lenguas utilizadas en Cataluña desde hace siglos. Además, en el caso de Cataluña, a diferencia de otros territorios con diversas lenguas, la comprensión mutua es prácticamente total: quienes tienen como lengua materna el castellano entienden el catalán y quienes tienen como lengua materna el catalán entienden el castellano. En estas condiciones proponer que en la escuela se utilicen ambas con el objetivo de que ambas lenguas sean conocidas y apreciadas por todos los niños me parece de lo más sensato.
Obviamente, no es el único programa posible. En otras comunidades plurilingües se han desarrollado programas que no tienen como objetivo este conocimiento de las diversas lenguas, sino que se deja elegir a cada familia la lengua en la que han de ser educados sus hijos. Este planteamiento conducirá fácilmente a comunidades separadas en razón de la lengua, pues los niños se separarán en función de la lengua elegida y tenderán a construir relaciones entre aquellos que hablan su misma lengua. Es, como digo, un programa posible; pero creo interpretar que la mayoría de los catalanes no lo deseamos, sino que preferiríamos una escuela que fuera imagen de una sociedad en la que español y catalán se entremezclan con naturalidad, y para ello la escuela ha de ser no solamente imagen, sino generadora de convivencia.
Además existe otro planteamiento posible, aquel en el que solamente una de las lenguas es utilizada en la escuela, imponiendo un monolingüismo que no deja de ser tal porque la otra lengua pudiera ser estudiada de la misma forma que se estudia el inglés o el francés. Esta sería, por ejemplo, una escuela que fuera exclusivamente en castellano y en la que el catalán podría tener una presencia residual como si se tratara de una curiosidad regional o, también, si la única lengua que se utilizara fuera el catalán y el castellano se estudiara como se estudia el inglés o el francés, como una lengua ajena a la comunidad educativa y al propio territorio.
Por terrible que nos parezca, este último modelo es que el que de hecho se está aplicando en Cataluña desde hace décadas: el castellano, la lengua materna de más de la mitad de los catalanes y oficial en toda España (Cataluña incluida) no es lengua de la comunidad educativa, que en sus comunicaciones internas y externas, en la rotulación, en los materiales y en el estudio de todas las materias utiliza solamente el catalán; excepción hecha (y no siempre) de las clases de lengua castellana.
Algunos catalanes lo niegan o prefieren mirar para otro lado. Varias veces, debatiendo sobre lo que pedía la AEB, el PP o Cs se me decía que estas asociaciones o partidos pedían que no se estudiara en catalán y yo les decía que no, que lo que pedían era que se estudiara en catalán y en castellano, a lo que me replicaban que eso era lo que ya pasaba, mostrando así un desconocimiento palmario de la realidad de las escuelas catalanas o una tremenda capacidad de autoengaño.
La realidad era que con el pretexto de defender el catalán en las escuelas catalanas se había instalado (y aún continúa instalado) un sistema que tenía tan solo una justificación nacionalista: imponer el catalán como lengua común desplazando al castellano. Solamente desde el nacionalismo, por ejemplo, podía justificarse que el castellano fuera excluido como lengua vehicular y de aprendizaje en la escuela.
Todavía ahora este sistema profundamente injusto, que arrincona a la lengua materna de más de la mitad de los catalanes, es el que se aplica en las escuelas a las que van nuestros hijos. En ninguna de ellas, tal como ha probado la AEB, se cumple con la Constitución y la ley, que exige que el español tenga una presencia de al menos el 25%. Ese raquítico 25% no se aplica en ningua escuela catalana, excepción hecha de aquellas en las que las familias lo han exigido ante los tribunales.
Pero miremos hacia el futuro ¿plantea el PSC superar el monolingüismo en catalán e introducir el bilingüismo en la escuela catalana? Parece que sí y, por tanto, sería conveniente apuntar algunas ideas.
- Lo primero que hay que hacer es aplicar la Constitución y la ley, lo que implica que un 25% de la docencia tendrá que ser en castellano en todas las escuelas y para todos los alumnos. Desde preescolar (donde ahora la presencia del castellano es de un 0%) hasta el bachillerato o ciclos. Este 25% no supone ningún cambio sobre el modelo legal, sino simplemente convertir en real la obligación de que el castellano sea lengua vehicular también en la escuela.
- A partir de aquí de la propuesta del PSC se deriva que podría haber una presencia mayor o menor de  castellano/catalán en función del contexto. En algún momento se había apuntado que en aquellos entornos en los que se utiliza más el castellano quizás fuera conveniente una mayor presencia del catalán mientras que en aquellos otros de mayor presencia del catalán la presencia del castellano debería ser mayor; respetando siempre, como digo, un mínimo de 25% de castellano y sin que, por supuesto, se llegue a excluir al catalán de la enseñanza.
¿Es algo tan descabellado? Me parece que no. Hay, sin embargo, quien duda de que el PSC pueda avanzar en esta dirección, y la verdad es que hay motivos para esta duda.
En los últimos años el PSC, sobre todo a nivel municipal, ha sido un elemento activo en la lucha contra quienes cuestionan el modelo nacionalista catalán impuesto en las escuelas catalanas, negando también las evidencias sobre adoctrinamiento en las mismas.




(Proposción aprobada, entre otros, por el grupo municipal del PSC en Santa Perpètua de Mogoda. En muchos municipios catalanes podrán encontrarse mociones semejantes aprobadas por los grupos socialistas)

No es extraño que quienes han tenido enfrente al PSC cuando reclamaban el cumplimiento de la ley y de la Constitución y se han visto denigrados por representantes socialistas al reclamar algo tan elemental como el respeto a la lengua materna de la mayoría de los catalanes desconfíen; pero hemos de mirar hacia adelante. En la política no hay amigos ni enemigos permanentes y se ha de ser siempre capaz de tratar alianzas con aquellos en los que se tienen puntos de coincidencia.
Por tanto, sea bienvenido el PSC a una visión más tolerante e inclusiva de la escuela catalana.
Al comienzo decía que dejaría para el final la consideración del análisis del contexto en el que enmarca el progama del PSC sus propuestas; pero creo que lo dejaré aquí. Cuando hemos llegado a un punto de esperanza ¿para qué enfadarnos con la mentira del pacto de convivencia en materia lingüística que, en realidad, no era más que la exigencia de silencia absoluto a quien discrepara de los dogmas nacionalistas?
Dejémoslo, por tanto, y confiemos en el nuevo día.



domingo, 17 de noviembre de 2019

Ni la culpa es del sistema elecctoral ni la solución es el límite del 5%

El sistema electoral español es objeto de críticas frecuentes. Aquí me voy a ocupar de dos que están relacionadas: por una parte se afirma que la composición final del Congreso de los Diputados no refleja fielmente los porcentajes de voto emitido; por otra se dice que los partidos nacionalistas están sobrerepresentados y que eso distorsiona nuestro sistema puesto que los intereses generales se ven sometidos a los intereses particulares defendidos por estos partidos, que utilizan su capacidad de condicionar la formación de gobierno para conseguir ventajas para los territorios en que se presentan. Tal como intentaré mostrar ninguna de estas críticas es acertada o, al menos, y pese a contener parte de razón, no se corresponde de manera suficiente con la realidad.
Comenzaré, sin embargo, por reconocer que durante años me quejé (aquí y aquí) de que el Congreso de los diputados no reflejaba fielmente (y casi ni aproximadamente) la voluntad de los electores. La razón para ello era que la circunscripción provincial implicaba que muchos votos "se perdían" y que al final el Congreso no era proporcional a los votos emitidos. Puede comprobarse si comparamos los gráficos de votos y escaños en las elecciones de 2008, por ejemplo.



Como pude comprobarse, los partidos mayoritarios y algunos partidos autonómicos obtienen una "prima" en cuanto a escaños que perjudica a los partidos que se presentan en toda España pero no son de las dos lisgtas más votadas en la mayoría de las circunscripciones. En las elecciones de 2011 se repite la misma situación (en las entradas que se citaban aneriormente se comentaban estas dos elecciones generales).



La culpa de esta falta de correspondencia entre votos y escaños no era debida -como érroneamente suele repetirse- a la Ley D'Hondt, sino que la causa era la circunscripción provincial. Con una circunscripción única, aún aplicando la Ley d'Hondt a dicha circunscripción los resultados de las elecciones serían mucho más ajustados a la proporción de votos obtenida por cada partido. Era por eso que entonces proponía sustituir la circunscripción provincial por una circunscripción única para toda España. Este cambio requeriría -soy consciente- una reforma constitucional.



Como puede apreciarse, con una circunscripción única los resultados, incluso aplicando la Ley d'Hondt, se asemejan bastante a los que resultan de una consideración proporcional de los votos emitidos.

La situación, sin embargo, ha cambiado en los últimos años como consecuencia de la ruptura del bipartidismo. Así, en las últimas elecciones generales del 10 de noviembre la diferencia entre una circunscripción única y las circunscripciones provinciales que tenemos no son tan acusadas como en las convocatorias en que dos partidos sumaban más del 70% de los votos.
En las elecciones de noviembre de 2019 los resultados en cuanto a porcentaje de votos y escaños fueron los siguientes:

PSOE - 28% - 120
PP - 20,82% - 88
VOX - 15,09% - 52
PODEMOS - 12,84% - 35
ERC - 3,61% - 13
Cs - 6,79% - 10
JXCAT - 2,19% - 8
PNV - 1,57% - 7
Bildu - 1,15% - 5
Más País - 2,3% - 3
CUP - 1,01% - 2
CC - 0,51% - 2
NA+ - 0,41% - 2
BNG - 0,5% -1
PRC - 0,28% - 1
¡Teruel existe! - 0,08% - 1



En caso de una circunscripción única los cambios más relevantes son que Cs pasaría de 10 a 24 escaños y que PACMA entraría en el Congreso. Además PODEMOS también incrementaría sus escaños; pero las proporciones de los partidos más grandes no variarían excesivamente ni tampoco los resultados de los partidos de ámbito autonómico. El resultado sería el siguiente:

PSOE: 102 escaños
PP: 76 escaños
VOX: 55 escaños
PODEMOS: 46 escaños
Cs: 24 escaños
ERC: 13 escaños
Más País: 8 escaños
JXCAT: 8 escaños
PNV: 5 escaños
Bildu: 4 escaños
CUP: 3 escaños
PACMA: 3 escaños
CC: 1 escaño
BNG: 1 escaño
PRC: 1 escaño


Es decir, pese a algunas distorsiones, la composición final del Congreso no varía esencialmente entre el sistema vigente, basado en circunscripciones provinciales, y un sistema de circunscripción única. Sigo pensando que el sistema de circunscripción única es más adecuado; pero no puede afirmarse que tras las últimas elecciones la circunscripción provincial haya supuesto una corrección signficativa respecto a lo que resultaría de considerar de manera directa la proporción de votos obtenida por cada partido.
Queda, sin embargo, el otro tema que comentaba al principio: el papel de los partidos que solamente se presentan en algunos territorios. Aquí lo primero que ha de decirse es que en contra de lo que se afirma, la circunscripción única no implicaría la exclusión de estos partidos, ya que sus resultados serían bastante parecidos a los que obtienen con la circunscripción provincial. Comparemos lo que han obtenido esos partidos  en las últimas elecciones y lo que hubieran obtenido de haber existido una única circunscripción para toda España.

Partido                Escaños obtenidos                Escaños con circunscripción única
ERC                              13                                                    13
JXCAT                           8                                                      8
PNV                               7                                                      5
Bildu                              5                                                      4
CUP                               2                                                      3
CC                                 2                                                      1
BNG                              1                                                      1
PRC                               1                                                      1
¡Teruel Existe!              1                                                       0

Es decir, en las últimas elecciones, con circunscripciones provinciales, estos partidos han obtenido 40 escaños y con una circunscripción única hubieran obtenido 36, una diferencia de cuatro escaños que perjudica al PNV y Bildu (que pierden entre los 2 tres escaños), a Coalición Canaria (que pierde un escaño) y a ¡Teruel Existe! que pierde su único escaño. Ahora bien, los escaños de los partidos nacionalistas catalanes aumentan en uno, pues la CUP pasa de 2 a 3 escaños.
Podría pensarse que las cosas cambiarían radicalmente si se aplicara un límite del 5% de votos en el conjunto de España para poder obtener un escaño y, efectivamente, con las listas que se presentaron el 10-N el resultado sería sustancialmente distinto puesto que tan solo PSOE, PP, VOX, PODEMOS y Cs hubieran participado en el reparto de escaños; pero también hay que tener en cuenta que en ese escenario ni Más País se hubiera presentado separado de PODEMOS ni los nacionalistas hubieran ido por separado. Considerando un resultado en el que sumáramos los votos obtenidos por PODEMOS y Más País y una coalición de los partidos nacionalistas en la que estuvieran ERC, JXCAT, PNV, Bildu, CUP y BNG el resultado de las elecciones hubiera sido este:

PSOE: 28%
PP: 20,82%
PODEMOS: 15,14%
VOX: 15,09%
Nacionalistas: 10,04%
Cs: 6,79%

Los nacionalistas hubieran obtenido casi dos millones y medio de votos. En ese hipotético parlamento, con circunscripción única y un límite del 5% en el conjunto de España para obtener escaños el resultado hubiera sido el siguiente:

PSOE: 103 escaños
PP: 76 escaños
PODEMOS: 55 escaños
VOX: 55 escaños
Nacionalistas: 36 escaños
Cs: 24 escaños

Como vemos, una alianza entre los nacionalistas les llevaría al mismo resultado que tendrían con una circunscripción única sin ese límite del 5% y en su conjunto se convertirían en la quinta fuerza política del país, por delante de Cs.


El Parlamento que resultaría de este sistema electoral, que incluiría una circunscripción única y el límite del 5% de los votos en toda España para poder obtener representación, desde el punto de vista político sería el equivalente al que tenemos ahora. Como en el que ahora tenemos PSOE y PP tendrían juntos mayoría absoluta; como en el actual, PP, VOX y Cs se quedan lejos de los escaños necesarios para gobernar y como en el que realmente tenemos PSOE y PODEMOS precisa al menos la abstención de los nacionalistas para gobernar. También como en el Congreso que resultó de las elecciones del 10-N, un acuerdo entre PSOE, PODEMOS y Cs tendría mayoría absoluta.
Podemos, por tanto, asumir que ésta es la imagen real del país que tenemos, un país en el que un 10% del electorado opta por opciones enfrentadas al proyecto común español, otro 15% por quienes ven con simpatía y comprensión los proyectos de ruptura que representan los nacionalistas y un 28% del electorado que está dispuesto a pactar antes con quienes se plantean como objetivo a corto plazo poner fin al marco de convivencia que supone la Constitución de 1978 que con aquellos otros que defienden sin reservas su continuidad.
Diría que estamos al borde del abismo y que precisaremos toda la convicción, todo el conocimiento y todo el trabajo para salir de ésta. Las cosas están tan mal como parece.

lunes, 4 de noviembre de 2019

Universidades en Cataluña, evaluación, discriminación por razón de ideología y protección de datos




Los acuerdos adoptados por las universidades catalanas para flexibilizar la evaluación y favorecer así la participación de los estudiantes en las protestas convocadas con motivo de la publicación de la sentencia en que se condena a los líderes nacionalistas implicados en el intento de derogación de la constitución en Cataluña en el año 2017 muestran hasta qué punto el régimen nacionalista controla la sociedad catalana y cómo este control no solamente pone en peligro, sino que quiebra algunos derechos y principios constitucionales básicos; entre ellos el de no discriminación por razón ideológica.
Recordemos:
Tal como se había anunciado, la publicación de la sentencia del Tribunal Supremo que condenaba a los líderes nacionalistas que intentaron la secesión de Cataluña hace dos años dio inició a una serie de protestas entre las que incluyó la convocatoria de varias "huelgas" de estudiantes. Entrecomillo la palabra "huelga" porque en un sentido técnico los estuidantes no pueden hacer huelga, que es una forma de protesta limitada a los trabajadores; pero no haremos cuestión de esto y utilizaremos indistintamente aquí "protesta" o "huelga" para referirnos a esas convocatorias por parte de asociaciones de estudiantes que pretenden que éstos no acudan a clase ni realicen pruebas de evaluación con el fin de llamar la atención sobre alguna reivindicación.
Las universidades están acostumbradas a este tipo de huelgas estudiantiles. No pasa curso en el que no se convoque alguna. La práctica que se sigue, al menos en mi Facultad, es la de que se aconseja a los profesores que eviten hacer pruebas evaluables en las jornadas de protesta o que ofrezcan alternativas, para así no obstaculizar de manera artificial la realización de la huelga. En ningún caso se había planteado hasta ahora que la convocatoria de una protesta pudiera llevar a una modificación del método de evaluación más allá de, como se acaba de indicar, cambiar la fecha de alguna prueba.
Que no se hubiera planteado esta modificación era lógico. Tal como explicaba en otra entrada, en la actualidad el régimen de evaluación va mucho más allá de poner un examen con tres preguntas y calificar cada una de 0 a 10. La creación del Espacio Europeo de Educación Superior implica, entre otras cosas, vincular de manera estricta la evaluación a los resultados de aprendizaje, de tal manera que la evaluación es un elemento esencial en la configuración del programa y de la planificación de cada curso. Es por eso que en el documento básico de la asignatura, la guía docente, se ha de incluir no solamente el método de evaluación, sino también la correspondencia entre la evaluación y los resultados de aprendizaje. Este documento, además, debe ser público antes del inicio de las clases, siendo esta publicidad una garantía esencial en la configuración de los estudios. En este panorama, es comprensible que no se planteara que pudiera modificarse la forma de evaluación como consecuencia de criterios no académicos y menos en mitad del curso.
Esto es, sin embargo, lo que ha sucedido en estos días. En mi universidad el Consejo de Gobierno, que hacía no mucho había impuesto la evaluación continua por encima de los criterios de los profesores (¿por encima de su libertad de cátedra?) prohibiendo, por tanto, la evaluación única; cambia la normativa para establecer la posibilidad de que los alumnos puedan optar por la evaluación a partir de una prueba de síntesis que haga compatible, por tanto, la evaluación con la participación en las protestas convocadas con motivo de la sentencia dictada contra Oriol Junqueras y demás líderes nacionalistas.
Esta posibilidad de opción choca, tal como ya he indicado, con la lógica de la evaluación en el sistema universitario actual. La evaluación actualmente forma parte integrante del contenido del título y, por tanto, la modificación de la evaluación ha de interpretarse como una modificación del título. Véase en este sentido lo que indica el Protocolo de la AQU (Agencia de Calidad Universitaria de Cataluña) sobre la verificación de los títulos universitarios:


El protocolo de evaluación para la verificación de títulos universitarios oficiales de la Red Española de Agencias de Calidad Universitaria también incluye los mecanismos de evaluación como parte integrante del título:


Siendo, por tanto, una modificación del título, deberían seguirse los pasos previstos para tal modificación, adecuarse a los contenidos y resultados de aprendizaje de las correspondientes memorias y justificarse por razones académicas.
Nada de esto, sin embargo, parece importar a los órganos de gobierno de las universidades catalanas, y la razón para ello es que se vive "una situación excepcional" que se vincula con las protestas organizadas por el régimen nacionalista. La vinculación entre el cambio en la evaluación y la situación política ha sido reconocida en los propios textos de las resoluciones acordadas y también en declaraciones de responsables universitarios, en concreto, poniendo de relieve que esta forma alternativa de evaluación era resultado de una negociación con aquellos estudiantes que optaron por intentar bloquear accesos a las universidades para impedir que aquellos estudiantes que no quisieran unirse a la huelga pudieran acudir a clase.



Vincular la evaluación con la resolución de conflictos estudiantiles es un reconocimiento claro de que esa modificación en la evaluación no se justifica en la verficación de los resultados de aprendizaje sino en razones ajenas a lo académico; lo que ya en sí supondría una irregularidad en el marco de la regulación universitaria vigente; pero es que, en realidad, va más allá.
Efectivamente, por mucho que se insista en la dimensión de la protesta o en las dificultades para acudir a clase, lo cierto es que la normalidad reina en las universidades catalanas. Nunca había sido testigo de una huelga estudiantil con tal ausencia de incidentes y con tanta normalidad en el campus. Es cierto que hay menos estudiantes que lo que es habitual; pero la afluencia es significativa y, en cualquier caso, a diferencia de en otras protestas estudiantiles, sin que haya barricadas o dificultades para el acceso al campus. En mi Facultad no ha habido incidentes que yo haya conocido y en otras universidades, tras los intentos de bloqueo de los primeros días y la respuesta de los estudiantes que querían acudir a clase, la normalidad ha llegado a las aulas.


Así pues, no puede ser que sea la virulencia del conflicto la que justifique la modificación de la forma de evaluación. Parece más lógico interpretar que es la simpatía de la institución por la reivindicación nacionalista la que explica que se haya facilitado la evaluación de los estudiantes que participan en las protestas contra la sentencia del Tribunal Supremo. Esta simpatía ha sido abundantemente comprobada: hace tan solo unos días, los claustros de las mismas universidades que han adoptado sistemas alternativos de evaluación aprobaron declaraciones que recogían los elementos esenciales del argumentario nacionalista. Estas declaraciones no eran, además, ninguna novedad, ya que no hacían más que replicar lo sucedido en 2017, cuando esas mismas universidades permanecieron mudas ante la derogación de la Constitución en Cataluña por las leyes aprobadas en el Parlament los días 6 y 7 de septiembre y, sin embargo, protestaron contra el registro en la sede de la Consejería de Hacienda o se sumaron al paro de país del 3 de octubre. Especialmente significativo resulta, también, que se haya declarado judicialmente que la expulsión del directorio de colectivos de la UAB de un grupo de estudiantes constitucionalistas supuso la vulneración de cuatro derechos fundamentales de tales estudiantes, entre ellos el derecho a no ser discriminado por razón de su ideología.
De esta manera, el cambio de evaluación, que carece de jusitificación académica, como hemos visto, sería una concesión a los estudiantes nacionalistas, quienes se verían favorecidos por la posibilidad de optar por una evaluación compatible con la participación en las protestas convocadas para presionar al Estado español en relación a la condena de los líderes nacionalistas. En definitiva, sería una decisión adoptada por la institución académica que favorecería a una determinada opción ideológica. La confirmación académica de los manifiestos a favor de las posiciones nacionalistas que padecemos desde hace años.
De acuerdo con lo anterior, estas modificaciones en los mecanismos de evaluación no serían compatibles con varias normas esenciales en la normativa universitaria. En concreto, el arrt. 46.2.b) de la Ley Orgánica de Universidades, que establece el derecho de los estudiantes universitarios a la igualdad de oportunidades y no discriminación por ninguna condición o circunstancia personal; discriminación que existiría desde el momento en el que el sistema de evaluación se modifica para atender a las peticiones de quienes se alinean con los planteamientos ideológicos que la universidad ha hecho suyos de manera expresa (aprobación de manifiestos por los claustros universitarios que coinciden con los planteamientos de los estudiantes que han solicitado la modificación de los mecanismos de evaluación). El artículo 4 del Estatuto del Estudiante Universitario confirma la prohibición de discriminación que recoge el art. 46.2.b) de la LOU y creo que no hace falta en este sentido mencionar el art. 14 de la constitución.
Una normativa sobre evaluación que carece de justificación académica y supone favorecer una determinada opción ideológica es grave, muy grave; pero la cosa no acaba aquí.
Si nos detenemos en la normativa de mi universidad comprobaremos que el sistema alternativo de evaluación que se propone incluye un elemento perturbador: para participar en él es necesario indicarlo con carácter previo.



Esta inscripción implicará que existirá una lista de estudiantes que se adscriban a la evaluación alternativa... y una paralela lista de estudiantes que no se adscriban a la misma, la que resulta de restar a la lista general los estudiantes que se adscriban a la lista alternativa. Dada la vinculación ideológica de la evaluación alternativa resultará que estas listas serán, inevitablemente, listas de estudiantes independentistas y no independentistas.
¿Exagero? No. Como ya he explicado, la normativa aprobada expresamente vincula el método alternativo de evaluación a las protestas existentes y es una demanda concreta de los estudiantes que llaman a estas protestas; estudiantes que las convocan por razones claramente políticas. Lo de que las listas resultantes son listas ideológicas no es ninguna especulación.
Ahora bien ¿puede un acuerdo del Consejo de Gobierno de una universidad ser base suficiente para la creación de una lista que incluya datos con relevancia ideológica? La respuesta es negativa. Veamos qué dice la normativa sobre protección de datos, en concreto los artículos 8 y 9 de la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales (BOE, 6-XII-2018):


Como puede verse los datos personales solamente podrán ser tratados cuando exista una base legal para ello; y los datos con relevancia ideológica merecen una especial protección. ¿Tiene esta base legal un listado de estudiantes que optan por un sistema de evaluación pensado para favorecer la participación en unas protestas de una orientación política determinada? Me parece que no. El acuerdo del Consejo de Gobierno de una universidad no es una norma de rango legal y aquellas otras que dan fundamento a la normativa universitaria (Ley Orgánica de Universidades, Ley Catalana de Universidades, etc.) no permiten la creación de una base de datos de contenido ideológico. Al revés, más bien la prohiben.
Esta es la situación en la que nos encontramos: hace unas semanas las universidades catalanas aprueban comunicados que recogen los argumentos nacionalistas, suponen una crítica frontal al Estado de Derecho en España y a la soberanía española. Unos días más tarde ceden a las peticiones de los estudiantes nacionalistas y reformarn el sistema de evaluación sin justificación académica alguna tan solo para favorecer la participación en las protestas nacionalistas y contribuyendo con ello a la creación de listados de estudiantes que se adscriben a dichas protestas y estudiantes que no se adscriben a las mencionadas protestas, con sistemas de evaluación diferenciados para cada uno de ellos.
Esa es la situación que tenemos, la situación ante la que calla la CRUE y ante la que el Mnistro competente tan solo ha respondido con un tweet de apoyo a un colectivo de profesores que ha criticado los manifiestos aprobados hace unos días por las Universidades


Se agradece el apoyo del Ministro (soy uno de los firmantes de la carta que pide la retirada de los manifiestos adoptados por las universidades catalanas); pero el problema va más allá, mucho más allá de estos manifiestos. El tema de las evaluaciones alternativas ya pesa sobre los profesores de las universidades catalanas, a quienes se nos exige que, modificando lo que habíamos publicado hace meses, antes del inicio del curso, adaptemos la evaluación a las exigencias de los estudiantes nacionalistas, aunque eso no tenga justificación académica, implique una discriminación entre estudiantes por razones ideológicas y nos obligque a gestionar bases de datos ilegales. Es una situación en la que precisamos la protección y el amparo de las instituciones que velan por el respeto del Estado de Derecho.
Unas instituciones que, de momento, guardan silencio.
Un silencio ¿cómplice?