jueves, 29 de octubre de 2020

La escuela catalana ante el Parlamento Europeo

Hoy, 29 de octubre, ha comparecido ante la Comisión de Peticiones del Parlamento Europeo, la presidenta de la Asamblea por una Escuela Bilingüe en Cataluña, Ana Losada, quien añadió información a la queja abierta hace ya dos años en relación a la exclusión del castellano en las escuelas de Cataluña y pidió que una comisión del Parlamento visitara Cataluña para conocer in situ la realidad denunciada. La mayoría de los miembros de la Comisión que intervinieron apoyaron la propuesta de Ana Losada y al final se decidió la adopción de varias iniciativas en apoyo a la petición formulada.


Vamos a empezar por el principio.
El régimen lingüístico que vivimos en las escuelas catalanas es el de una permanente ilegalidad. Ya se ha explicado en muchas ocasiones; pero no nos cansaremos de hacerlo. Me remito a una entrada específica sobre este tema con vínculos a otras y a un vídeo en el que intento también explicar cuál es la situación que tenemos en Cataluña; pero reproduciré aquí las líneas generales del problema.
1) Por exigencia constitucional el castellano ha de ser lengua de aprendizaje en el sistema educativo. No puede darse al español el tratamiento de una lengua extranjera en ninguna parte del territorio español.
2) La normativa catalana no prevé la exclusión del castellano como lengua de aprendizaje y vehicular en las escuelas de Cataluña. Lo que dice es que el catalán será la lengua "normal" de aprendizaje; pero, obviamente, esto no quiere decir que sea la única, por lo que la ley catalana es compatible con la exigencia constitucional que hemos visto en el punto 1 si se entiende que ese uso normal del catalán no excluye que el castellano sea también vehicular.
3) En la práctica, sin embargo, el catalán es la única lengua que se utiliza en todas las materias que no sean lengua castellana. También es la única lengua de comunicación con las familias y los niños y también de rotulación y para cualquier otro fin en la escuela. Es decir, en la práctica el castellano sí que está excluido como lengua vehicular en la escuela catalana.
4) Esta situación se ha denunciado ante los tribunales, quienes han establecido que el castellano, por exigencias constitucionales, no puede recibir el tratamiento de una lengua extranjera, sino que ha de ser vehicular en una proporción que no sea inferior al 25% del total de la enseñanza.
5) Pese a lo anterior, la adminsitración catalana se niega a implementar ese 25%, limitándose a cumplir con las sentencias judiciales que así lo establecen en relación a familias concretas. Como consecuencia de ello cuando una familia pide que se cumpla la ley la administración se niega siempre y se obliga así a la familia a acudir a los tribunales. Se trata de una práctica desincentivadora que se ve completada con diverso mecanismos de presión y acoso sobre las familias "rebeldes". Todo ello orientado a hacer que el número de peticionarios del cumplimiento de la ley sea el mínimo posible.
Ante esta situación el gobierno español, el actual y los anteriores no han hecho nada (nada de nada), y es por ello que se ha acudido a la Unión Europea, y, en concreto, a la Comisión de Peticiones del Parlamento Europeo.
Ya hace dos años esta Comisión de Peticiones dirigió una carta al Consejero de Educación de la Generalitat pidiendo aclaraciones sobre la exclusión del castellano en las escuelas de Cataluña, desconociendo las sentencias judiciales que exigían una presencia mínima del 25% que, como hemos visto, no se cumple.


Dos años después la situación no ha cambiado, pero existen nuevos elementos de juicio. La AEB elaboró un informe a partir del estudio de varios miles de proyectos lingüísticos de centro que prueba que en ningún centro escolar de Cataluña se cumple con la exigencia de una presencia mínima de castellano en la escuela.


Esta nueva comparecencia en la Comisión de Peticiones ha permitido trasladar este informe que confirma lo que ya se había denunciado en 2018.
La comparecencia ha servido también para que Ana Losada haya explicado la exclusión del castellano en Cataluña


Como puede verse, la presentación de Ana Losada es clara: en Cataluña no se respeta la presencia mínima de castellano que viene exigida constitucionalmente. Esto en sí es una quiebra del Estado de Derecho que supone también una vulneración del Derecho originario de la UE.
La exclusión del castellano, lengua materna de la mayoría de los catalanes y oficial en Cataluña, afecta a los derechos de los niños y de sus familias y va contra las recomendaciones en relación a la educación en lengua materna. Además restringe la movilidad tanto de los españoles como del resto de los europeos que quieren desplazarse a Cataluña.
Tras Ana Losada intervino una representante de la Comisión Europea, quien mantuvo que no había competencia de la Unión para intervenir en relación a este caso. Sin entrar en el fondo del asunto, sostenía que era competencia del estado miembro resolver estas cuestiones.


La posición de la Comisión fue cuestionada abiertamente y hasta con dureza por la mayoría de los diputados que intervinieron en la sesión. Sostenían que ante un caso de vulneración de derechos como el que aquí se denunciaba la posición de la UE no podía ser mirar para otro lado y propusieron que la petición de queja se mantuviera abierta y que se realizaran las actuaciones necesarias, incluida una visita a Cataluña a fin de comprobar in situ la situación.







La excepción a este planteamiento fue la diputada de ERC Diana Riba, quien rechazó de plano que la UE actuara en relación a las denuncias presentadas. Además cuestionó los datos y análisis que había aportado Ana Losada.


Esta intervención fue duramente contestada por Jordi Cañas, quien también mantuvo que era necesaria una actuación decidida de la UE en relación a este problema


Merece un comentario específico la intervención del diputado socialista Domènec Ruíz Devesa. Este diputado dijo que si era cierto lo que planteaba Ana Losada se estaba produciendo una vulneración de derechos que, sin embargo, no habilitaría a la UE a actuar porque la vulneración vendría de una entidad subestatal.
Error. Si una entidad subestatal vulnera el Derecho de la UE, incluida la obligación que tienen todos los estados miembros de respetar los principios democráticos y los derechos fundamentales, el estado en su conjunto responde. Así que no es cierto que no haya mecanismos. Claro que los hay. Los mismos que se están utilizando en relación a Polonia. Que la vulneración sea obra del estado central o de una entidad subestatal es irrelevante.
También llama la atención que en su intervención este diputado concluya que de existir alguna vulneración de un derecho fundamental lo que deben hacer los padres es acudir a inspección y a los tribunales. En fin, lo que ya están haciendo los padres con el resultado que Ana Losada ha explicado. La pregunta es si este diputado entiende que en caso de que estemos ante un problema como éste las únicas vías son acudir a los tribunales sin que los políticos puedan hacer algo para garantizar el respeto a tales derechos. Si los políticos no son capaces de esto ¿para qué sirven? Es una pregunta auténtica, no retórica.


Tras las intervenciones de los diputados, Ana Losada tomó otra vez la palabra y se puso fin a la comparecencia. Se adoptó la decisión de pedir un informe a la Comisión de Cultura del Parlamento Europeo, dirigir una carta al Gobierno español mostrando la preocupación del Parlamento por la situción en las escuelas catalanas y se dejó abierta la posibilidad de enviar una comisión a Cataluña para que estudiara sobre el terreno la discriminación al español en las escuelas de Cataluña.


En definitiva, claro apoyo a la petición de Ana Losada por parte de todos los intervinientes excepto la diputada de ERC y el representante socialista.
Al final las cosas son lo que parecen.

miércoles, 21 de octubre de 2020

Carta abierta a mi futuro rector



Apreciado Javier,
te felicito por tu próximo nombramiento como rector de la UAB. Deseo que tu gestión sea excelente, lo que beneficará a todos los que formamos parte de la universidad.
He leído el programa que tú y tu equipo presentáis en estas elecciones. El programa creo que dice mucho, no solo de lo que se quiere hacer -al final se hará lo que se pueda ¡tantas cosas en el programa que veo repetidas elección tras elección!- sino, sobre todo de cómo se ve y entiende la universidad de la que se asumirá la máxima responsabilidad. Un diagnóstico acertado es imprescindible para identificar y resolver los problemas de cualquier institución.
En este sentido me llama la atención que el programa eluda un problema serio que padece la UAB y que no debería dejar indiferente a ningún miembro de la comunidad universitaria y menos a quienes aspiran a gestionarla.
Me refiero a las vulneraciones de derechos fundamentales de miembros de la comunidad universitaria que ya han sido declaradas por sentencia firme de los tribunales. Como seguramente sabes, hace dos años los tribunales establecieron que decisiones del equipo de gobierno de la UAB habían vulnerado los derechos fundamentales de los estudiantes a no ser discriminados por razón de pensamiento, a la libertad ideológica, a la libertad de expresión y al derecho a la educación. El tema, por su propia naturaleza, no puede ser considerado como anecdótico o irrelevante (estamos hablando de vulneración de derechos fundamentales); pero es que, además, llevó a un pronunciamiento del Consejo de Gobierno de la UAB; un pronunciamiento en el sentido de amparar al equipo de gobierno y cuestionar a los estudiantes que habían visto vulnerados, repito, sus derechos fundamentales.



Como quizás recuerdes, esta vulneración afectaba a los estudiantes del colectivo Joves SCC-UAB, quienes habían sido expulsados del directorio de colectivos de una manera que, como han establecido los tribunales, era ilegal.
El tema, como digo, no es anecdótico; pero es que además no puede ser consierado como puntual. Los estudiantes tanto del colectivo Joves SCC-UAB como los de la asociación S'ha Acabat! han visto sistemáticamente vulnerado su derecho a expresarse con libertad en el campus, acosados y boicoteados por grupos de estudiantes que se autodenominan "Plataforma Antifeixista de la UAB" y que tienen vínculos evidentes con colectivos como el SEPC-UAB. La actitud del equipo de gobierno hasta ahora ha sido la de tolerar esos boicots y ataques, sin que se hayan producido ni siquiera declaraciones públicas inequívocas de condena a quienes boicotean y de amparo a quienes son atacados y boicoteados.
Esta actitud de tolerancia, como mínimo, por parte del equipo de gobierno a colectivos que utilizan la coacción para impedir que otros estudiantes se expresen libremente en el campus no puede dejar de conectarse con una toma de postura partidista del equipo de gobierno que ya ha merecido el reproche de la administración electoral y que se identifica plenamente con la que se aprecia en otras universidades, en concreto la Universidad de Barcelona, que ha visto cómo los tribunales han declarado que su apoyo explícito a las posiciones políticas nacionalistas vulneraba los derechos fundamentales de los integrantes de la comunidad universitaria. Me refiero aquí a los manifiestos aprobados por los claustros de la mayoría de las universidades catalanas en protesta por la sentencia que condenaba a los implicados en el intento de derogación de la constitución en Cataluña en el año 2017 y que fue recurrido en el caso de la Universidad de Barcelona con el resultado que acabo de indicar: la aprobación de ese manifesto suponía una vulneración del derecho a la libertad ideológica, del derecho a la libertad de expresión y del derecho a la educación de los miembros de la comunidad universitaria. Dado que en la UAB se aprobó un manifiesto equivalente, pese a que en el caso de nuestra universidad nadie hubiera acudido a los tribunales a impugnar dicho manifiesto, es claro que se le pueden atribuir los mismos reproches que los que los tribunales realizan a la UB.
Y cuando menciono las advertencias de la administración electoral, me refiero a las reiteradas instrucciones de las juntas electorales, dirigidas de manera expresa a nuestra universidad, en el sentido de que los edificios de la misma estén libres de simbología partidista, al menos durante el período electoral. Es bueno, además, recordar, que la obligación de neutralidad de la universidad, como administración pública que es, se extiende más allá del período electoral, sin que hasta ahora se haya realizado ningún intento para convertir esta neutralidad en real, pese a las múltiples peticiones en ese sentido de varios miembros de la comunidad universitaria (incluido yo mismo).
No estamos hablando de formalismos o abstracciones, sino de derechos fundamentales de concretos miembros de la comunidad universitaria que han sido vulnerados por los órganos de gobierno de la misma. El tema, como digo, es grave; pero es que, además, en el fondo supone una discriminación hacia quienes disienten del nacionalismo y el amparo a quienes lo apoyan que se traduce también en la tolerancia hacia actitudes violentas y coactivas que perturban gravemente la vida del campus.




La última de estas actitudes violentas y coactivas la vivimos ayer, cuando un grupo reducido de encapuchados bloqueó los accesos a la universidad y los mantuvo cerrados al menos durante toda la mañana.
Este es un tema que, me parece, merece una reflexión profunda. Evidentemente, no es posible -seguramente- prever con antelación que grupos organizados de saboteadores coloquen barricadas en el campus. Ahora bien, aún admitiendo lo anterior -la imposibilidad de prever tal cosa- lo que ya no resulta admisible es que la actitud ante la coacción y el sabotaje sea contemporizar y dejar pasar el tiempo sin adoptar medidas para devolver la normalidad al campus. Si se establecen barricadas la policía ha de actuar para levantarlas, se ha de proceder a identificar a quienes limitan los derechos de los demás y, en su caso, iniciar las acciones legales correspondientes para que se garanticen los derechos de todos.
Tolerar que unos utilicen la fuerza para impedir que los otros ejerzan sus derechos, permitirles ocupar el campus, boicotear a quien le disgusta y ocupar las paredes de los edificios públicos con su propaganda es profundamente antidemocrático, pero también una humillación intolerable para los miembros de la comunidad universitaria que disienten de los planteamientos de quienes gozan de este amparo institucional.


Desde luego, una humillación agravada para quienes no solamente es que disienten de los planteamientos de los violentos, sino de quienes han sido víctimas, en el propio campus, de sus actuaciones.




Llevamos demasiados años en la UAB en una situación de excepcionalidad, que se traduce en que los violentos determinan cuándo se va a clase y cuándo resulta imposible acceder a las aulas, en el que estos mismos violentos deciden quién puede expresarse en el campus y quién no, y en el que se tolera que los edificios que son de todos sean ocupados por su propaganda; una situación de excepcionalidad democrática que implica que los órganos de gobierno hayan abandonado su obligación de neutralidad para apoyar posiciones nacionalistas. Una situación de excepcionalidad que ha llevado, y es una imagen perfecta del punto en el que nos encontramos, en el que el Consejo de Gobierno de la universidad muestra su apoyo a la vulneración de los derechos fundamentales de los estudiantes que disienten del nacionalismo y cuestiona que estos acudan a los tribunales a exigir la garantía de sus derechos.
Ahora serás el rector de la UAB. Asumirás responsabilidades en ámbitos muy variados Desde la calidad de la docencia a la promoción del profesorado, desde las políticas de apoyo a la investigación a la facilitación de la transferencia a la sociedad. Deberás buscar vías de internacionalización de nuestra universidad y maneras de apoyar a los estudiantes con menos recursos para que no se vean expulsados de la educación superior como consecuencia de los delicados momentos que vivimos y que llevamos padeciendo desde hace años.
Son muchas tus tareas y desafíos; pero me parece que una de ellas ha de ser evitar que la universidad siga perdiendo calidad democrática, impedir que los violentos se impongan a los pacíficos, devolver la neutralidad a la institución, dar satisfacción a quienes han visto vulnerados sus derechos, impedir que esto se repita en el futuro y conseguir que nadie se sienta excluido de la comunidad que formamos todos los que somos UAB.
Un saludo atento,
Rafa

Dr. Rafael Arenas García
Catedrático de Derecho internacional privado
Universitat Autònoma de Barcelona

miércoles, 14 de octubre de 2020

Independencia judicial y democracia

Sin independencia judicial no hay democracia.
En Europa llevamos varios años asistiendo a una confrontación ente la democracia y el autoritarismo que tiene como campo de batalla a los jueces. Es una confrontación cuya cara más visible es la pugna entre las instituciones de la UE y las polacas en relación al poder judicial de ese país. Mientras el Parlamento, la Comisión y el Tribunal de Justicia de la UE no dejan de señalar los peligros para la democracia que supone la injerencia de otros poderes en el poder judicial; en Polonia no cesan los intentos de someter y controlar a los jueces. Este es un tema que puede acabar conduciendo a la declaración de la existencia de un riesgo grave para los principios democráticos en Polonia con las consecuencias que ello tiene según el artículo 7 del Tratado de la UE.


En estos tiempos que corren quizás se hace necesario explicar la razón de este carácter esencial de la independencia judicial. Tiene que ver con que la democracia, tal como se entiende en Europa desde el fin de la Segunda Guerra Mundial, precisa que haya elecciones libres, pero estas elecciones no son suficientes para que exista un auténtico sistema democrático. Además de elecciones libres que permitan un gobierno de acuerdo con las preferencias de la mayoría es preciso que exista respeto al Estado de Derecho y a los derechos fundamentales. Esto es, la mayoría gobierna, pero no puede utilizar el poder para privar de derechos a la minoría.
Lo anterior es importante. Un sistema político en el que no estuvieran garantizados los derechos de todos y estos pudieran ser vulnerados por la voluntad mayoritaria no sería una democracia. Un país en el que, por ejemplo, la mayoría de los vecinos del pueblo pudiera decidir ejecutar a uno de los vecinos sería una comunidad que se ajustaría a la regla de la mayoría, pero no sería una democracia.
Para que exista democracia (en el sentido en el que se entiende en Europa, repito) es necesario que esa voluntad mayoritaria esté sometida a los límites de la ley. No quiere decir otra cosa el Estado de Derecho: sometimiento de todos, incluido el poder público, a la ley y a la constitución.
Este sometimiento del poder público a la ley es un logro de incalculables dimensiones, que dota de seguridad a los ciudadanos e impide abusos y arbitrariedades. Por supuesto la ley puede ser cambiada, pero eso ha de hacerlo quien está legitimidado para ello, que es el legislador (no el gobierno) y si se trata de cambiar la constitución entonces ni siquiera el legislador ordinario puede hacerlo, sino que tiene que hacerlo el legislador constituyente a partir de los procedimientos previstos en la propia constitución.
Se garantiza así que el país no caiga en manos de un tirano: el juego de contrapesos entre el poder legislativo (que hace las leyes, pero no las aplica) y el poder ejecutivo (que aplica las leyes, pero no las hace) es una garantía para los ciudadanos, quienes, además, han de estar seguros que sus derechos y, en particular sus derechos fundamentales serán respetados tanto por el poder ejecutivo (el gobierno central, los gobiernos autonómicos, los gobiernos locales) como por el legislador.
Ahora bien, ¿cómo se garantiza ese sometimiento del poder público a la ley? ¿quién se ocupa de verificar que la actuación de los poderes públicos es ajustada a derecho? Esa es la tarea del poder judicial, la clave del sometimiento de los gobernantes a las leyes. El sometimiento de la administración al control jurisdiccional es una de las claves esenciales del Estado de Derecho y, por tanto, de la democracia.
Sin un poder judicial capaz de controlar la actuación de la administración no existirían límites al poder de ésta y, por tanto, las garantías que convierten a un sistema político en democráticos desaparecerían.
Pero para que los jueces y tribunales sean capaces de controlar al poder público es preciso que sean independientes y actúen con independencia.
Esta independencia es la que se pone en juego con la propuesta de reforma de la Ley Orgánica del Poder Judicial que conocimos ayer y que apadrinan el PSOE y Unidas Podemos.
Para entenderlo hay que ver que la independencia judicial tiene dos dimensiones diferentes, pero relacionadas.
En primer lugar, esta independencia implica que los jueces no están sometidos más que a la ley y al derecho cuando dictan sus sentencias. No se pueden impartir instrucciones a los jueces por parte de otros órganos y estos, los jueces, en el ejercicio de su función jurisdiccional carecen de superiores. Todo juez, desde los magistrados del Tribunal Supremo a un juez sustituto encargado de un juzgado de primera instancia de manera coyuntural, son absolutamente libres en el momento de dictar sentencia. Tan solo la ley y el derecho y su criterio de interpretación han de guiarlo en su función jurisdiccional. Tan solo a la ley y al derecho debe obediencia el juez en el ejercicio de su función.
Ahora bien, ¿cómo se consigue que esa independencia sea efectiva? Si los jueces pueden ser nombrados y separados según el capricho de la autoridad, si pueden ser sancionados o sus sueldos reducidos, si pueden ser trasladados o privados de sus funciones por parte del poder público ¿cómo evitar que los jueces en su actividad no se atengan estrictamente a su sometimiento exclusivo a la ley? Es por eso que el régimen estatutario de los jueces es relevante para poder garantizar la independencia efectiva de sus resoluciones. La forma en que son nombrados, ascendidos, separados de su puesto y hasta su régimen retributivo y de promoción es relevante para conseguir la efectividad de la independencia judicial. En el caso de Polonia, por ejemplo, una de las cuestiones que se discuten es la relativa al adelanto de la edad de jubilación de los jueces.



Es por esto que los órganos de gobierno del poder judicial deben ser también independientes. No basta con afirmar formalmente que los jueces dictarán sus sentencias sometidos únicamenta a la ley, sino que hay que poner los medios para que los otros dos poderes del estado, el legislativo y el ejecutivo, no acaben convirtiendo el poder judicial en una sucursal suya.
Desde luego este empeño no es fácil, pues no hay soluciones perfectas; pero las experiencias comparadas alguna luz dan sobre este punto. En concreto, las recomendaciones de órganismos internacionales que apuntan a que los órganos de gobierno de los jueces han de estar integrados, al menos en una parte significativa, por personas elegidos por los propios jueces. Estas recomendaciones son recordadas por la Asociación Europea de Jueces en su duro comunicado sobre la propuesta de reforma de la LOPJ


En España, sin embargo, se había seguido otro camino. Desde el año 1985 todos los vocales del Consejo General del Poder Judicial son elegidos por las Cortes; pero con una mayoría muy amplia (3/5), lo que garantiza que las designaciones son fruto de un amplio consenso.
Pese a la exigencia de esta mayoría reforzada, la opción española ha sido criticada internacionalmente; pues hace depender el gobierno de los jueces de los pactos entre partidos políticos, lo que contribuye a trasladar una indeseable imagen de politización de la justicia. Así lo han destacado los informes del Grupo de Estados contra la Corrupción (GRECO), dependiente del Consejo de Europa.


Es decir, la situación actual no es satisfactoria porque, pese a las mayorías exigidas para la designación de los vocales del Consejo General del Poder Judicial, se entiende que no está garantizada su independencia o, al menos, la percepción de ésta. Creo que conviene incidir en esto.
Aún respetando las opiniones de GRECO y de otros organismos internacionales; creo que la designación de los vocales del Consejo General del Poder Judicial por una amplia mayoría en las Cámaras Legislativas no es necesariamente una mala solución. Al fin y al cabo, también la elección corporativa de los vocales tiene sus problemas y, quizás, una adecuada combinación de ambos tipos de designación sería la mejor solución; pero quiero llamar la atención sobre las características de la designación por las Cámaras legislativas porque ahí creo que se encuentra una de las claves del problema al que ahora nos enfrentamos.
Me arriesgo a afirmar que el espíritu que anida en la exigencia de una elección por mayoría reforzada de los vocales del Consejo General del Poder Judicial es conseguir que los designados (20 vocales en total) sean juristas indiscutibles que cuentan con el respeto y la confianza de todos y cada uno de los diputados y senadores que los votan. El propósito de esta mayoría reforzada es, precisamente, evitar el mercadeo entre partidos, quienes estarían dispuestos a votar a los candidatos propuestos por otros partidos a cambio de que tales partidos votaran a sus propios candidatos. La exigencia de una mayoría reforzada pretendería alejar la designación de los vocales del Consejo de la lucha y reparto partidista.
Así lo dijo el Tribunal Constitucional en su sentencia relativa a la reforma de la Ley Orgánica del Poder Judicial que introdujo la elección de todos los vocales del CGPJ por las Cortes. Es un fragmento de la sentencia que me parece muy significativo

Bueno, pues eso que decía el Tribunal Constitucional que no debía pasar es lo que pasó, y lo que los líderes políticos reconocen sin problemas, más por ignorancia que por mala fe en muchos casos, me temo. Se habla con tranquilidad de repartir puestos en función de proporción de tamaño de los grupos parlamentarios e incluso algo de esto se detecta en la exposición de motivos de la propuesta de reforma de la Ley Orgánica del Poder Judicial que aquí comento.
Se traicionó, por tanto, hace ya tiempo el espíritu constitucional que buscaba personas de consenso para este tipo de cargos, y acabó convirtiéndose en lo que no debía ser: una parte más del mercadeo político de colocación. De ahí la politización de la justicia y de ahí también las situaciones de bloqueo que con tanta frecuencia se han sufrido.
Y de ahí también la reforma que ahora porponen sin disimulo los partidos del gobierno. El objetivo de la reforma es reducir la mayoría requerida para elegir a los vocales de procedencia judicial del CGPJ (3/5 en cada Cámara) por la mayoría absoluta. En lo que se refiere a los ocho vocales que no son de procedencia judicial no puede reducirse esa mayoría de 3/5 porque está en la propia constitución. De esta forma, 12 de los 20 vocales del Poder Judicial podrán ser designados por los partidos de gobierno y sus aliados estables (nacionalistas vascos y catalanes, Teruel existe...) sin necesidad de contar con el principal partido de la oposición.
Pasamos de una situación que recibía críticas internacionales porque la designación dependía de las Cámaras legislativas y podía procederse a un reparto de puestos en el CGPJ en función de repartos entre fuerzas políticas a otra en la que el gobierno podrá, a través de la mayoría de la Cámara, designar a la mayoría de los vocales del Consejo General del Poder Judicial, profundizando de esa forma en la dependencia política del órgano de gobierno de los jueces.
No me extraña que Maite Pagazaurtundúa ya haya instado a la Comisión Europea a que informe sobre esta reforma que va en contra de las recomendaciones internacionales sobre el gobierno de los jueces y amenaza con colocar al Poder Judicial a las órdenes directas del gobierno.


Como sociedad debemos reaccionar ante este atropello al siempre delicado equilibrio que ha de mantenerse entre los diferentes poderes del estado.
De ese equilibrio depende que podamos seguir considerándonos una democracia.

P.D. Incorporo el comunicado de Impulso Ciudadano, que incide en la idea de que la propuesta es un atentado a los principios democráticos que debería ser retirada, a la vez que se insta al nombramiento de los vocales del Consejo General del Poder Judicial siguiendo el espíritu de la constitución y alejándolo de las luchas partidistas.





martes, 13 de octubre de 2020

Ada Colau y el discurso del odio

Este tweet de Ada Colau da que pensar.


Lo primero en lo que hay que reparar es en que es el tweet de la alcaldesa de Barcelona, de una autoridad pública. Lo que dicen y hacen las autoridades públicas tiene un valor diferente a lo que dicen y hacen los ciudadanos particulares, pues comprometen las instituciones que dirigen. Pretender una quirúrgica separación entre la Ada Colau alcaldesa y la Ada Colau particular es imposible, entre otras cosas porque la difusión y alcance de lo que hace la Ada Colau particular es mucho mayor por la proyección que tiene como alcaldesa de Barcelona.
Entiéndase que lo anterior no es todavía una consideración jurídica en el sentido de que los cargos públicos no puedan utilizar sus cuentas particulares en redes sociales para expresar opiniones personales con total libertad (aunque dudas hay. La jurisprudencia del Tribunal de Estrasburgo obliga, por ejemplo, a que las autoridades públicas, respeten en sus declaraciones la presunción de inocencia, por ejemplo, cosa que no alcanza a los ciudadanos particulares); sino una reflexión sobre la responsabilidad que todos, pero especialmente los cargos públicos, deben ejercer en la difusión pública de sus opiniones.
Y una mínima responsabilidad hubiera aconsejado pensar dos veces antes de publicar este tweet.
El tweet se refiere a un vídeo en apoyo a la figura del rey en el que participan algunos políticos, pero también periodistas, intelectuales, profesores y ciudadanos diversos, muchos de ellos activistas en defensa de los valores democráticos y los principios constitucionales.



Es inequívoco que la alcaldesa de Barcelona se refiere a estos ciudadanos como "monstruos".
No es una crítica a las ideas, no es una discrepancia, no es una descalificación. Es un insulto.
La alcaldesa de Barcelona insulta a ciudadanos que participan en un vídeo en apoyo a la figura del jefe del Estado.
La defensa de unos determinados planteamientos políticos; en este caso, la Constitución de 1978 (pues no es otro el sentido del vídeo) acarrea que una autoridad pública menosprecie e insulte a los ciudadanos que públicamente muestran su adscripción a esos valores.
Tremendo.
Recomendaría a Ada Colau que se leyera la página 9 del reciente informe de la Comisión de Venecia sobre la responsabilidad criminal por llamadas pacíficas a cambios constitucionales radicales, donde se trata del discurso del odio y se rechazan los ataques a grupos o colectivos basados en el insulto, la ridiculización o la calumnia (acompaño imagen de esa página del informe).



¿No es un insulto o ridiculización llamar monstruos a quienes defienden los valores constitucionales?
Así no se construye convivencia, no se sientan las bases para el diálogo, no se avanza hacia una sociedad mejor.
Así se produce división, se crea fractura social, se genera enfrentamiento, se alimenta el odio y se sientan las bases para la confrontación.
¡Qué tremenda irresponsabilidad la de Ada Colau y la de quienes como ella no hacen más que agitar esta confrontación dentro de la sociedad!
¡Qué barbaridad que las autoridades, en vez de soportar las críticas de los ciudadanos, insulten a estos cuando defienden posiciones políticas que les desagradan!

lunes, 12 de octubre de 2020

12 de octubre de 2020

12 de octubre. Día de la Fiesta Nacional de España.

Me preguntaba hace unos días mi hija para un ejercicio escolar por qué no se iba a clase el 12 de octubre. Le dije que cada país tiene un día para celebrar un hecho del pasado que es importante. En el caso de España es el 12 de octubre de 1492, cuando Colón llegó a América.

Me quedé ahí, claro (mi hija tiene 11 años); pero se podrían decir más cosas.

En primer lugar que la Fiesta Nacional, con independencia de la fecha que se elija para celebrarla, es importante para sentirnos partícipes de una comunidad política que ha de permitirnos desarrollarnos como personas en libertad.

En nuestro caso esa comunidad es España, un país moderno, democrático (una de las 20 democracias plenas del mundo) y que, pese a los problemas que tenemos, sigue siendo un país con un alto nivel de vida, servicios públicos de calidad y medios para atender a los más necesitados.

No demos por descontado nada de lo anterior. No hay que caer en la autocomplacencia, y menos en los tiempos que corren; pero tampoco es sensato asumir un derrotismo que no está justificado. Tenemos muchos problemas y hay quienes están pasando por tremendas dificultades; pero el país en su conjunto está muy por encima de la media mundial y, como digo, en ningún sitio está escrito que tengamos aquí que vivir mejor que en cualquier otro lugar del planeta. Seguir teniendo una sociedad libre y rica es una tarea para cada día. Saber dónde estamos, trabajar para mejorar y ser conscientes de que sin nuestro esfuerzo y compromiso las cosas pueden ir a mucho peor.

En segundo término, la fecha elegida en nuestro caso, el 12 de octubre. No es mi preferida como Fiesta Nacional, personalmente prefiero el 19 de marzo; pero aquí puede haber tantas ideas como españoles. En cualquier caso, el 12 de octubre es un día que tienen muchos elementos para recordar.

Empecemos por lo primero, es una fecha que se conecta con la explotación y abusos protagonizados por los europeos durante varios siglos sobre otros continentes. Eso es cierto y debe siempre tenerse presente que las relaciones entre los pueblos no pueden basarse en la explotación y en la dominación.

Ahora bien, dicho esto también hay que recordar que el fruto de la colonización española en América fueron unas sociedades mestizas que aún hoy son fácilmente distinguibles. La Historia pudo haber sido de otra forma, igual que hace 2000 años Cartago podría haber derrotado a Roma y todo sería diferente; pero los hechos fueron los que fueron y son los que nos condujeron a lo que ahora somos.

Y somos, a uno y otro lado del Atlántico, una comunidad muy reconocible. Nunca me he sentido extranjero en América. Se me hace difícil pensar que no son mis compatriotas los salvadoreños o los cubanos. Hay algo que nos conecta y que nos hace próximos. Es un realidad innegable que también celebramos el 12 de octubre.

Al fin y al cabo, la Constitución de Cádiz de 1812 era también la Constitución de toda la América española, que unía a los españoles de ambos hemisferios.

Aquella comunidad política posible aún está ahí de alguna forma y deberíamos todos cuidarla, porque nada que nos haga próximos a los otros debe ser desdeñado.

Las fotos son de Cristina Casanova








jueves, 8 de octubre de 2020

Lo que está en juego (ahora) no es la secesión, sino la democracia

Hace 3 años muchos estábamos en las calles de Barcelona, manifestándonos para impedir que se consumar la secesión de Cataluña.
Lo conseguimos. Obviamente no fue solo una consecuencia de la manifestación del 8 de octubre; pero sin ella las cosas hubieran sido más difíciles. Dio legitimidad al gobierno español y enmendó el relato nacionalista, sobre todo en el extranjero, donde muchos creían que los catalanes mayoritariamente apoyoban la secesión. Las manifestaciones independentistas de los años anteriores fueron replicadas por una ola que cubrió de banderas españolas el centro de Barcelona.
Salimos a la calle porque el riesgo de ruptura era cierto (no una ensoñación como equivocadamente sostiene el Tribunal Supremo en su benevolente sentencia hacia los líderes del intento de derogación de la Constitución en Cataluña) y era preciso que todos aportaran su granito de arena para evitar el desastre.


Tres años después la situación ha cambiado. La amenaza de secesión no es inmediata (lo que no excluye que vuelva a serlo de aquí a unos meses, hay que ser conscientes de ello); pero nos enfrentamos a un desafío que no es de una envergadura menor y que debería preocuparnos a todos, un desafío que ha ido creciendo con los años ante la indiferencia cuando no la colaboración de muchos que se dicen opuestos al nacionalismo pero que, al menos con su silencio, mucho han contribuido a que la situación llegue al punto en el que nos encontramos ahora.
El desafío al que me refiero es la quiebra de principios democráticos básicos en Cataluña como consecuencia de la implementación del proyecto nacionalista. Esta quiebra democrática es grave y continuada (sistémica podríamos decir con un término que ya se utiliza en otros territorios) y la falta de reacción de la clase política española, de los medios de comunicación y de la opinión pública son preocupantes.
En lo primero que debemos reparar es que los principios democráticos son esenciales si queremos continuar siendo una democracia homologable al resto de Europa. Se trata, además, de una exigencia recogida en el Derecho de la UE, ya que el artículo 2 del Tratado de la UE impone que los estados miembros garanticen el respeto a la dignidad humana, la libertad, la democracia, la igualdad, el Estado de Derecho y el respeto a los derechos humanos.



No son palabras vacías, tienen un contenido muy concreto que implica exigencias específicas para los estados miembros. Estos valores, en su conjunto, son los que permiten identificar a las democracias plenas y diferenciarlas de aquellos sistemas que no lo son.
Y en Cataluña esos principios no son respetados.
Fijémonos, por ejemplo, en el Estado de Derecho. ¿Qué implica afirmar que un país es un Estado de Derecho? En primer lugar, que todos, y especialmente los poderes públicos están sometidos a la ley y se respetan las decisiones de los tribunales. ¿Es ésta la situación en Cataluña donde las autoridades amenazan abiertamente con la desobediencia y donde, de hecho, dos de los tres últimos presidentes de la Generalitat han sido condenados por desobediencia (y el tercero está fugado de la justicia)? No, radicalmente no. Un territorio en el que el poder público afirma de manera abierta que no acatará las leyes no puede ser considerado un Estado de Derecho, lo que excluye que los principios democráticos operen de manera plena en él.
Si del Estado de Derecho pasamos a la garantía de los derechos fundamentales la situación no es mejor. Esta semana sabíamos que los tribunales han declarado que la Universidad de Barcelona vulneró los derechos fundamentales de sus integrantes al suscribir un manifiesto partidista. La libertad ideológica, de expresión y el derecho a la educación han sido violados con esa toma de posición partidista de los órganos de la universidad.



No es la primera condena a una universidad catalana por vulneración de derechos funamentales. Hace dos años, la Universidad Autónoma de Barcelona fue condenada por haber discriminado a los estudiantes que disentían del nacionalismo. En aquella ocasión se declaró que la universidad había vulnerado los derechos de los estudiantes a no ser discriminados por razón de pensamiento, libertad ideológica, libertad de esxpresión y derecho a la educación.




La quiebra de los derechos de los padres y de sus hijos en la escuela que algunos denominan catalana para enfatizar su adscripción a los planteamientos nacionalistas es también constante, traduciéndose en utilización sesgada de materiales, exclusión -contraria a la Constitución- del español como lengua de aprendizaje en la escuela y el acoso a las familias que piden el ejercicio de sus derechos.
La limitación de derechos se extiende también a la participación política, habiéndose prohibido que partidos contrarios al nacionalismo lleven a cabo actos políticos en determinados municipios, y acosándose sistemáticamente a quienes pretenden exponer ideas contrarias a las nacionalistas en ciertos lugares.
Finalmente, la obligación de neutralidad de las administraciones públicas, incluso en período electoral, brilla por su ausencia, con edificios públicos que exhiben banderas esteladas, lazos amarillos u otros símbolos de identificación con el nacionalismo.


Lo que describo son hechos; hechos que son fácilmente constatables y que muestran una quiebra democrática profunda y continuada en Cataluña. Lo que está en juego ahora es que esta quiebra continúe o se corrija y, lo siento, aquí no puede haber equidistantes. Quienes pretendan que estos problemas no existen no pueden llamarse plenamente demócratas, y conviene que lo tengamos claro. Siento que tantos amigos socialistas, de Cataluña y de fuera de Cataluña, rechacen luchar contra esas quiebras democráticas, miren para otro lado antes hechos tan graves como los descritos y orienten su política a pactar con quienes perpetran estos atentados a los valores que son base de nuestra convivencia.
Y digo socialistas porque quienes se adscriben a la órbita de Podemos han hecho expresa su alianza con los nacionalistas y su rechazo a los demócratas (entendido demócrata como quien defiende los valores y principios que recoge el artículo 2 del TUE: Estado de Derecho, libertad, garantía de los derechos fundamentales), por lo que será difícil que puedan adscribirse a esta ineludible lucha por la democracia y la libertad; pese a que entre ellos haya personalidades aisladas que han mostrado públicamente su compromiso con estos valores.
Esta es la situación que tenemos. Los valores a los que me refería un poco más arriba siguen siendo las herramientas más valiosas que tenemos para construir la convivencia en las sociedades modernas. No pierden su fuerza y valor poque quienes los defendamos estemos ahora en minoría (que lo estamos); pero nuestra tarea es luchar, desde esa posición minoritaria, para evitar que la sociedad acabe colapsando en un régimen que pretenda pasar por encima de la ley, en el que no se respeten las decisiones judiciales y en el que los derechos fundamentales no estén garantizados.
Esta es nuestra tarea, esta es nuestra responsabilidad. Como decía en el título, ahora es lo que nos jugamos, y ojalá consigamos que muchos asuman la importancia de esta idea, de este debate, de esta lucha.

martes, 6 de octubre de 2020

Derechos fundamentales, autonomía universitaria y responsabilidad

Ayer sabíamos que los tribunales han condenado a la Universidad de Barcelona por haber vulnerado los derechos fundamentales de los miembros de la comunidad universitaria; en concreto, los derechos a la libertad ideológica, de expresión y de educación con ocasión de haber publicado un manifiesto que suponía la adscripción de la universidad a una determinada opción política (nacionalista), lo que es contrario a la obligación de neutralidad de las administraciones públicas.



La condena es clara, e incluye, como se ve, las costas, porque, tal como indica la propia sentencia, no había excesivas dudas ni de hecho ni de derecho sobre la ilegalidad de la actución de la UB.


No es la primera decisión que condena a una universidad catalana por vulnerar derechos fundamentales de miembros de la comunidad universitaria. Hace dos años, la UAB fue condenada por haber vulnerado los derechos de varios estudiantes a no ser discriminados por razón de pensamiento, a la libertad ideológica, libertad de expresión y derecho a la educación.
El silencio institucional siguió a aquella condena de 2018 que hubiera debido ser piedra de escándalo para cualquiera con una mínima sensibilidad democrática. No confío excesivamente en que en esta ocasión ni la Generalitat ni el gobierno de España ni la CRUE u otras organizaciones universitarias en las que se integran las instituciones que han vulnerado los derechos fundamentales de los integrantes de la comunidad universitaria reaccionen o condenen siquiera; pero en esta ocasión hay una diferencia en la reacción de la propia universidad. Mientras hace 2 años los órganos de gobierno de la UAB optaron por el silencio ante la condena, ahora el rector de la UB ha decidido airear que la decisión es un ataque... a la autonomía universitaria.


Creo que la autonomía universitaria es un concepto que no acaba de ser entendido correctamente por los rectores. La autonomía universitaria implica que las universidades han de poder organizar la docencia y la investigación con libertad, definiéndose así un espacio de actuación que es inmune a las injerencias del poder público; lo que no quiere decir que no pueda haber limitaciones a dicha autonomía de las universidades, tal como ha explicado el Tribunal Constitucional, quien recientemente, por ejemplo, ha establecido que las limitaciones para la contratación de profesorado universitario derivadas del programa Serra Hunter en Cataluña no son contrarias a la autonomía universitaria.
Es decir, la autonomía es una autonomía orientada a la libertad en la docencia y en la investigación, y en este sentido es clara la STC 26/1987, de 27 de febrero


Pero sin que se excluyan limitaciones legales, puesto que el derecho a la autonomía universitaria es de configuración legal, tal como establece el artículo 27 de la Constitución ("Se reconoce la autonomía de las universidades, en los términos que la ley establezca"), y sin que pueda suponer una vía para vulnerar otros derechos fundamentales u otras exigencias derivadas de la condición de administraciones públicas que concurre en las universidades públicas.
La autonomía universitaria es autonomía frente al poder público en aquellos supuestos en los que éste se inmiscuya en la libertad esencial de investigación y docencia de las universidades; pero no es autonomía ni frente a los tribunales ni frente a los derechos fundamentales. Además, la autonomía universitaria implica que la universidad es -cuando se trata de una universidad pública- una administración independiente de otras administraciones y, por tanto también, plenamente responsable de sus actos. Esto, a veces, no se tiene claro.
Contaré una anécdota de hace bastantes años. Se desarrollaba un expediente sancionador contra varios estudiantes en una universidad pública. Avanzado ya el expediente, el instructor se entrevista con el rector y le adelanta la sanción que estaba pensando proponer (el instructor propone, pero quien decide la sanción es el rector). El rector asiente y dice: sí, la impondré y que recurran al consejero de universidades, que ya se la reducirá. El instructor mira apurado al rector y le dice: no rector, no hay recurso ante el consejero de universidades. La universidad no depende de la consejería de universidades, es una administración autónoma y tú eres la máxima autoridad. Tus decisiones solamente pueden impugnarse ante los tribunales.
El rector pareció genuinamente sorprendido cuando se le explicó que no dependía del consejero de universidades. Quizás estemos haciendo algo mal cuando esta dimensión de la autonomía universitaria no es evidente ni siquiera para quienes ejercen las más altas responsabilidades en la misma.
Así pues, la universidad debe ser clara en la reivindicación de su autonomía frente al poder público en todo aquello que afecta a la docencia y a la investigación; pero, a la vez, debe ser consciente de que esa autonomía es también responsabilidad. La anécdota que acabo de relatar es significativa. El rector parecía cómodo al pensar que no tenía la última palabra. Cuando asumes que no dependes de una autoridad externa tu responsabilidad es mayor, y también, por tanto, la obligación de dar cuenta de tus actos.
Ciertamente, el rector Elías no es un buen ejemplo de esto último. Hace poco me ocupaba de cómo el rector de la UB declinaba responsabilidad alguna por aquello que firmaba cuando otros también lo habían firmado. Y es por eso que resulta aún más sorprendente su apelación a la autonomía universitaria en este caso. Si no somos capaces de dar respuesta (de dar respuesta es de donde viene la palabra "responsabilidad") de aquello que firmamos, ¿qué sentido tiene la apelación a la autonomía universitaria?
Lamentablemente, solamente uno: confundir autonomía con arbitrariedad.
Esta es, me temo, la clave de la comprensión de la autonomía universitaria en la Cataluña nacionalista.
Las universidades son sumisas ante el régimen nacionalista y duras ante los disidentes en sus propios campus. En vez de ejercer la autonomía universitaria para desvincularse del poder público que les exige alienamientos políticos que mancillan a la universidad, ceden a dichas presiones y cuando se les recrimina apelan a la autonomía universitaria como si ésta fuera un comodín para el capricho de quienes controlan las universidades en nombre del nacionalismo.
En vez de asumir la autonomía universitaria como lo que es: una exigencia de dignidad y una obligación permanente de dar cuenta de los propios actos, pretende utilizarse como un escudo que ampare las vulneraciones de derechos fundamentales que se perpetran en los campus.
Por si no fuera ya bastante malo que las universidades sean lugares en que no se respetan principios democráticos básicos (pues esto es lo que son los derechos fundamentales) ahora resulta también que se pretende arrastrar a este lodazal el propio concepto de autonomía universitaria.
No, la autonomía universitaria no ampara la vulneración de derechos fundamentales, la autonomía universitaria no permite que las universidades públicas abandonen el deber constitucional de neutralidad que tienen todas las administraciones y la autonomía universitaria no exime, al revés, obliga, a dar cuenta y respuesta de lo que se hace y de lo que se firma.
Felicito efusivamente a quienes han interpuesto el recurso que ha concluido en la condena de la UB y al colectivo de Universitaris per la Convivència al que se adscriben. Está haciendo una magnífica tarea para recuperar una universidad que en Cataluña ya era incapaz de reconocer lo que diferencia las universidades libres de los apéndices de un régimen.