En las últimas semanas he publicado dos vídeos en los que intentó explicar por qué están en prisión Jordi Sánchez y Jordi Cuixart
Y algunas cuestiones vinculadas al 1-O
Hoy mismo uno de los visitantes de mi página en facebook, Jamie Mayerfeld, me planteaba algunas preguntas sobre el contenido del segundo vídeo y me sugería que colocara mis respuestas juntas para una mejor comprensión. Lo hago a continuación.
Mayerfeld me hacía las siguientes preguntas al hilo del vídeo relativo al 1-O:
"Thank you for your video, which I like
very much and from which I learned a lot. I have a few questions. (1) Could the
authorities have handled the referendum more wisely? The police did end up
striking people in order to reach the voting boxes, and that could and should
have been predicted. It seems to me the authorities should have let the referendum
proceed, and taken legal steps afterwards. (2) What was the role of the
government? You discuss judges' orders to the police, but did the government
have a role? (3) I'm curious about the continued detention of the four
separatist leaders. Why are they being detained before trial? Why are they
facing such long sentences? It seems to me that political wisdom in this case
might call for a pardon. So my question then is - could the government pardon
some of these offenses in the interest of cooling political tensions?"
Las preguntas que formulaba Mayerfeld son las siguientes:
1) ¿Podrían las autoridades haber gestionado de una manera más inteligente el referéndum? La policía acabó golpeando a la gente para llegar a las urnas, y esto podría y debería haber sido previsto. Me parece que las autoridades deberían haber permitido que se celebrara el referéndum e iniciado posteriormente acciones legales.
2) ¿Qué papel tuvo el Gobierno? En el vídeo se comentan las órdenes judiciales a la policía, pero ¿tuvo algún papel el Gobierno?.
3) Me gustaría saber más sobre el mantenimiento de la prisión para los líderes separatistas. ¿Por qué están detenidos antes del juicio? ¿Por qué se enfrentan a condenas tan largas? Me parece que una cierta habilidad política en este caso debería llevar a su perdón. Es por ello que mi pregunta es ¿podría el gobierno perdonar de alguna manera las ilegalidades cometidas a fin de conseguir relajar la tensión política?
Esta fue mi respuesta:
La clave de una parte de las preguntas
está en la relación entre el Gobierno y los Jueces. En este caso, como explico
en el vídeo, los jueces habían dado órdenes a la policía de impedir la
realización del referéndum y de requisar los materiales que estaban siendo
utilizados para la votación. Creo que hay que diferenciar las dos misiones:
impedir el acceso a los locales electorales y requisar el material que estaba
siendo utilizado. También es importante tener en cuenta que en Cataluña operan
tanto la policía regional (Mossos d'Esquadra) y la policía estatal (Policía
Nacional y Guardia Civil). En principio quien tenía que instalar un dispositivo
que impidiera el acceso a los centros de votación era la policía regional, y
debería haberse hecho durante la noche del sábado al domingo para actuar antes
de que se acumularan los votantes. Parece ser -está bajo investigación- que la
policía regional no hizo todo lo posible para instalar ese dispositivo y que,
por tanto, el domingo por la mañana los colegios electorales abrieron.
En esas circunstancias la policía estatal
ya vio que era imposible cerrar los centros electorales y se limitó a intentar
cumplir con la otra parte de la orden judicial: requisar los materiales
existentes en los centros. La orden es judicial, pero la responsabilidad del
operativo sobre el terreno es del gobierno, y éste podía haber optado por
explicar a los jueces que era imposible cumplir su orden y dejar las cosas como
estaban. Hubiera sido una opción; pero no veo irrazonable que ante una orden
judicial de requisa de materiales que sean necesarios para continuar una
investigación judicial la policía intente cumplirla utilizando una fuerza
proporcional. Luego podrá discutirse si la utilización fue proporcional o no;
pero si un juez ordena que se requise un determinado material, y un grupo de
personas intentan impedir la acción de la policía, no es recriminable que la
policía utilice la fuerza para cumplir con la orden judicial. Si se hubiera
optado por no hacer nada la orden ya sería de imposible cumplimiento, porque
los materiales que debían ser requisados habrían desaparecido al fin de la
jornada electoral. Se podría actuar contra quienes habían impedido el
cumplimiento de la orden judicial, pero lo cierto es que ésta no se hubiera
cumplido, y aún admitiendo que ésta hubiera podido ser una opción me cuesta
creer que hubiera sido la más adecuada. No creo que deba renunciarse al
cumplimiento de las órdenes de los jueces y la fuerza que utilizó la policía creo
que en general no fue excesiva si tenemos en cuenta que, como explico en el
vídeo, no iba dirigida a votantes, sino a quienes impedían que la policía
accediera a los materiales que debían ser requisados por orden judicial.
O sea, en resumen sobre este primer
punto: el papel fundamental lo tienen los jueces, que son quienes ordenan la
requisa de los materiales que estaban siendo utilizados para el referéndum. El
gobierno podría haber optado por renunciar a dar cumplimiento a la orden
judicial y haberse limitado a actuar "a posteriori"; pero tendría que
haber justificado su inacción ante una orden judicial, se hubiera incumplido
ésta y el material que debía ser requisado habría desaparecido. En estas
circunstancias, la utilización de una fuerza proporcional contra quienes se
niegan a permitir la actuación de la policía creo que está justificada.
El segundo tema es el de la prisión
provisional. En España es habitual que durante la instrucción del procedimiento
se mantenga en prisión a quienes son investigados. Creo que es una práctica
habitual en todos los países cuando se trata de delitos graves. No sé si hay
algún país que prevea que tan solo tras la condena judicial es posible el
ingreso en prisión.
En el caso de España las razones para
decretar la prisión provisional son:
- evitar la huida del investigado
o
- evitar que destruya pruebas
o
- evitar que vuelva a delinquir
Basta que se dé cualquiera de estas
circunstancias para que se decrete la prisión provisional (si el delito del que
se le acusa tiene una pena superior a los dos años de prisión).
En este caso ¿con qué nos encontramos?
La acusación es de que quienes están en
prisión forman parte de una trama destinada a conseguir la independencia de
Cataluña al margen de la ley. Aparte de quienes están en prisión, tenemos que
el presunto jefe de la trama (Carles Puigdemont) y varios de los
"cabecillas" de hecho han huido de España para no comparecer ante los
tribunales. En estas circunstancias el que se sospeche que otros integrantes de
la trama puedan hacer lo mismo puede hacer presumir que hay riesgo de fuga.
De hecho en España normalmente el riesgo
de fuga se aprecia en cuanto las penas que se piden son altas. La doctrina
penalista española critica esto; pero es lo que se hace normalmente: si las
penas que se solicitan son elevadas lo más probable es que se ordene la prisión
provisional del investigado. En el caso de los acusados por este caso no se
está haciendo nada diferente de lo que se hace en otros supuestos de
investigados por delitos graves.
En este caso tenemos que el cabecilla de
la trama, desde Bruselas, sigue alentando la desobediencia y la ruptura con la
legalidad española ¿no es razonable en estos casos pensar que sus colaboradores
en prisión podrían volver a delinquir si se les pone en libertad? Imaginemos
que estuviéramos ante una trama criminal de otro tipo (contrabando, tráfico de
drogas o armas...) y resultara que el jefe huido de la banda esta alentando a
que se continúe con la actividad criminal ¿no sería razonable pensar que existe
un riesgo de que los otros investigados delincan si se les deja en libertad?
Pregunta también por qué se enfrentan a
penas tan largas. Bueno, los delitos de los que se les acusa tienen penas
largas. No puedo aquí analizar todos, me detendré solo en el de sedición (artículo
544 del Código Penal).
Se comete el delito de sedición cuando se
produce un alzamiento público y tumulturario con el fin de evitar que las
autoridades o funcionarios (la policía) cumplan con sus funciones.
¿Es impensable que esto fue lo que sucedió
en Cataluña el 1 de octubre? Tenemos a miles de personas que actúan
concertadamente para impedir que la policía cumpla órdenes judiciales y con el
propósito de, a través de este "bloqueo" de la policía, conseguir la
derogación de la Constitución en Cataluña. Creo que es grave. En el Código
Penal español este delito puede llevar a penas de hasta 15 años de cárcel.
Supongo que en otros países será algo semejante. Por ejemplo, en Estados Unidos
¿cuál fue la condena para Snowden por un delito que, objetivamente, creo que
tenía una menor gravedad que lo sucedido en Cataluña el 1 de octubre?
¿Es posible el perdón? Sí, en España
existe la figura del indulto, pero que solamente puede aplicarse una vez que
existe condena. No es posible un indulto antes de que se produzca el juicio.
Tras esto Mayerfeld formuló aún otra pregunta:
"I have a question. I seem to recall that Miguel
Iceta criticized the detention of the separatist leaders. (I forget the
details.) Was he suggesting that there was something the government could
legally do intervene in the judicial process? When Catalan nationalists wear
the yellow ribbons, are they calling for a legally available measure to release
the detainees? (I read in the Guardian that Amnesty International has called
for the release of the detainees as well.)"
La pregunta se refiere a las declaraciones de Miguel Iceta en el sentido de criticar la detención de los líderes separatista. ¿Sugería que el Gobierno podía hacer algo para interferir con el proceso judicial? Cuando los nacionalistas catalanes utilizan lazos amarillos, ¿están pidiendo alguna medida legal que permitiera la liberación de los detenidos?
Mi contestación fue la siguiente:
Este tema ha llamado la atención también
en España. Cuando Iceta planteó esto se hizo aquí la misma observación ¿cómo va
a incidir el Gobierno en una decisión judicial? Directamente no puede. En
ocasiones se plantea que puede hacerlo a través de la Fiscalía. Es decir: el
Juez está condicionado por lo que solicita el Fiscal, de tal manera que si el
Fiscal no hubiera solicitado la prisión provisional el Juez no podría haberla
decretado (a salvo de que lo pidiera alguna otra parte en el proceso, pero
quedémonos con la idea general). El problema es que la Fiscalía tampoco depende
del Gobierno. El Gobierno nombra al Fiscal General del Estado, pero luego no
puede dirigirle instrucciones y ni siquiera cesarlo una vez que lo ha nombrado.
De hecho, creo (es una impresión personal) que el Gobierno estaría más contento
si Fiscalía no hubiera pedido la prisión provisional de Sánchez y Cuixart; pero
ahí Fiscalía actuó con su propio criterio jurídico, y sin guiarse por razones
"políticas".
Lo mismo en relación a los lazos
amarillos. Te contaré una anécdota: mi Universidad adoptó una decisión pidiendo
la libertad de Sánchez, Cuixart y el resto de investigados. Una compañera mía
preguntó entonces a integrantes del equipo de gobierno de la Universidad a quién iban a enviar
la resolución de la Universidad. No supieron qué contestar.
Mi compañera continuó diciendo: bueno, si se trata de pedir la libertad ¿a quién
se le pide? ¿se enviará la resolución de la Universidad a la jueza que está
conociendo? Ninguna respuesta. Esta es la situación: no hay una medida que
pueda adoptarse al margen de las decisiones de los jueces para conseguir esa
libertad; pero este es un tema en el que normalmente nadie repara. Es como si
pidiéramos la paz mundial. Bueno, vale, pero ¿a quién se lo pedimos? Aquí
sucede lo mismo, y con frecuencia se acusa al gobierno de haber metido a los
investigados en prisión cuando en realidad el gobierno no ha hecho nada en este
sentido: ha sido Fiscalía y los Jueces. Y, hecho, mi impresión es que en contra
de lo que al gobierno le interesaba.
En definitiva, el 1-O no fue más que una muestra de la actuación normal por parte de un Estado de Derecho ante una situación excepcional: el intento de que los ciudadanos se organizaran para oponerse al cumplimiento de las órdenes judiciales y se enfrentaran a la policía. En esas circunstancias:
- La policía está legitimada para ejercer una fuerza proporcional a fin de cumplir con las órdenes judiciales.
- Los delitos que pudieran haberse cometidos han de ser investigados y ante la gravedad de los mismos y las circunstancias que los rodean la prisión provisional de los líderes secesionistas no es una medida extravagante o desproporcionada.
Además ha de tenerse en cuenta que, pese a lo que pretenden algunos, las decisiones sobre investigación o prisión provisional no son tomadas por el Gobierno, sino por Fiscales y Jueces que han de actuar al margen de criterios políticos... y lo cierto es que todo indica que eso es lo que están haciendo: actuar al margen de criterios políticos y sí de acuerdo con criterios jurídicos, discutibles o no; pero jurídicos al fin y al cabo.
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