A) El contexto
Hoy, 10 de enero, el grupo socialista en el Congreso ha presentado una proposición de ley orgánica que tiene como objeto impedir «el acoso derivado de acciones judiciales abusivas».
La proposición no puede ser entendida fuera de la situación que se vive desde hace unos años y que se caracteriza, en primer lugar, por el sistemático intento, tanto desde el poder ejecutivo como desde el legislativo, de deslegitimar a los jueces y cuestionar el recurso a los mismos en defensa de la legalidad o del respeto a los derechos individuales. Este intento de deslegitimación de los tribunales es ya antiguo; pero se ha acentuado en los últimos meses como consecuencia de los diversos procesos iniciados en relación a personas cercanas al poder y que afectan tanto a algunas autoridades (Fiscal General del Estado, el diputado y exministro Ábalos) como a personas cercanas a dichas autoridades (el proceso que afecta a la mujer del presidente del gobierno o aquel en el que está inmerso Aldama, persona que, por los indicios de los que se dispone, tenía proximidad con el partido socialista).
Tener lo anterior en cuenta es imprescindible para valorar la proposición de ley. Esta no opera en el vacío, sino que está destinada a influir de manera decisiva en procedimientos que afectan directamente al partido que la presenta y, de manera personal, a quienes lo dirigen. Aparte de esto, además, se inserta en una línea de actuación política consolidada y que se caracteriza por el permanente cuestionamiento a los jueces que no ajustan su actuación a los deseos del gobierno.
B) El sistemático ataque a los jueces
Esta última dimensión no ha recibido, a mi juicio, la atención que se merece, ni por parte de la opinión pública española ni del principal partido de la oposición y, ni siquiera, de la Comisión Europea, que debería velar por el respeto al Estado de Derecho en toda la Unión. Desde mi perspectiva, no haber atajado en su momento estos ataques a los jueces ha conducido a la situación actual. Entiendo que a veces no es sencillo trasladar a la opinión pública la relevancia de cuestiones que casi parecen académicas en sus comienzos; pero no actuar entonces acaba conduciendo a situaciones en las que el deterioro democrático ya es, por desgracia, evidente para todos. Esta es la situación en la que nos encontramos ahora, como muestras la proposición de ley que se ha dado hoy a conocer.
Aunque a algunos les cueste entenderlo, no hay democracia sin tribunales independientes. Las elecciones no convierten un sistema político en una democracia y el gobierno de la mayoría no es democrático si no va acompañado del respeto a los derechos de todos y de los principios del Estado de Derecho. Aunque una amplísima mayoría decida ejecutar sin juicio ni defensa a una persona, esa decisión nunca podrá ser tachada de democrática. La privación de derechos solamente puede ser decidida o confirmada por los tribunales y, por tanto, el recurso a los mismos es une elemento esencial de cualquier sistema que quiera considerarse democrático.
Hago ya esta advertencia porque, primero en Cataluña y luego en toda España, se están dando pasos para deslegitimar este recurso a los tribunales. En Cataluña, desde hace lustros, se cuestiona a quienes «judicializan la escuela», en referencia a las familias que, tras ver vulnerados sus derechos lingüísticos, buscan el amparo de los tribunales; y tras el proceso secesionista del año 2017 se desarrolló un intenso discurso antijurídico, más que antijudicial, que tachaba de poco democrático el recurso a los tribunales para resolver conflictos que se calificaban como «políticos». Obviamente, si se recurría al Poder Judicial era porque se entendía que se estable produciendo o una vulneración de la legalidad o una privación de derechos que debían ser restaurados; de tal manera que la desjudicialización debería pasar porque los actores políticos respetaran y acataran la ley; no por defender que las actuaciones ilegales quedasen sin respuesta. Lamentablemente, hace tiempo que el Partido Socialista ha hecho suyo este discurso, que ha sido, incluso, recogido por escrito de manera solemne en varios de los acuerdos concluidos con los partidos nacionalistas o con la Generalitat.
Y de Cataluña ha pasado a España. Desde el año 2018 son incontables las descalificaciones y señalamientos que desde el poder ejecutivo se dirigen a los jueces.
A algunos les cuesta entender que la crítica a la que todos tenemos derecho no puede ser ejercida por el poder público contra los jueces. La independencia judicial exige que tanto el poder ejecutivo como el legislativo no cuestionen a los jueces y acaten las decisiones judiciales. Así se estableció en la resolución del Consejo de Europa sobre independencia judicial ya en el año 2010.
No es cosa de broma. Los ciudadanos, la prensa, incluso los partidos políticos pueden cuestionar a los jueces; pero no puede hacerlo quien detenta el poder público, pues eso puede afectar a la independencia judicial. Este cuestionamiento de los jueces fue uno de los motivos que llevó a la Comisión Europea a actuar en relación a Polonia.
Véase el núm. 177, donde se destacan las «declaraciones públicas contra los jueces y tribunales en Polonia impulsadas por el Gobierno polaco y por parlamentarios pertenecientes a la mayoría gobernante». Lo que causaba escándalo en Polonia parece que lo causa menos en España, puesto que una ministra que cargó duramente contra los jueces ahora es Vicepresidente de la Comisión Europea.
Este cuestionamiento a los jueces ahora pasará a estar en el Boletín Oficial del Estado, puesto que la ley que se pretende aprobar califica directamente de acoso lo que identifica como «acciones judiciales abusivas». A partir de aquí, en la exposición de motivos, estas actuaciones judiciales se identifican con limitaciones a la participación en la vida democrática y restricciones a los derechos de quienes son investigados por los tribunales. Además, se vinculan con las actuaciones de quienes pretenden silenciar a quienes discrepan de sus planteamientos.
Es realmente perverso; porque si ahora en España hay quien pretende silenciar al discrepante son, precisamente, quienes se integran en la mayoría de gobierno actual. Un tema que, por desgracia, conozco de primera mano y del que hemos tenido un último ejemplo muy recientemente.
Pero, aparte de lo anterior, incluso sin considerar que la Exposición de Motivos lo que pretende es proyectar sobre otros precisamente lo que practican quienes la presentan; el mero hecho de que se vincule la actuación de los tribunales con el intento de hacer callar a una parte de la opinión pública es ya una quiebra significativa del equilibrio que debe mantenerse entre los tres poderes del Estado. Los tribunales garantizan derechos, no los vulneran. Insistir en esta pretendida vulneración convierte a la proposición de ley en una herramienta más, pero de una relevancia enorme en el discurso antidemocrático que lleva años practicando el partido socialista.
C) La búsqueda de la impunidad
Lo anterior, sin embargo, es solamente la primera dimensión del contexto. La segunda está integrada por los varios procesos judiciales que se encuentran abiertos y que afectan a diversos integrantes del grupo organizado que controla las instituciones de este país desde hace unos años.
El discurso desde el poder, es que estos procesos judiciales carecen de fundamento y que tan solo tienen una finalidad política. Los indicios existentes, las pruebas que se han ido aportando y el trabajo que están haciendo los tribunales es desdeñado en un ejercicio de cinismo que se corresponde con la sistemática acusación al otro de incurrir en las irregularidades que uno mismo protagoniza (¡cuidado! hay quien intenta silenciar al discrepante, cuando el único que pretende silenciar es, precisamente, el que lanza la acusación).
Ahora bien, más allá de las soflamas políticas, lo cierto es que la justicia sigue avanzando en la instrucción de casos que afectan a personas concretas que, o bien forman parte de la estructura de poder o bien tienen vínculos claros con ella. La decencia política exigiría en un caso así la dimisión de los responsables afectados; pero al mantenerse en el poder se está produciendo una instrumentalización de las instituciones que está degradando la calidad de nuestra democracia. Así, por ejemplo, la Fiscalía se opone a la investigación que se está realizando… del Fiscal General del Estado.
La instrumentalización de las instituciones no es nueva. Como casi todo, empieza de una manera sutil y acaba estallando. En el caso que nos ocupa -la utilización partidista de las instituciones públicas por parte del gobierno socialista-, el primer aldabonazo se dio con la utilización de la Abogacía del Estado para defender los intereses del nuevo aliado de Sánchez, Oriol Junqueras, ya en el año 2019.
Así comenzó; pero ahora ya es absolutamente descarado. La Fiscalía interviene en el proceso en el que se investiga a su jefe, esa misma Fiscalía se opone a la investigación a la mujer de quien ha nombrado al Fiscal General… Es una utilización tan descarada de las instituciones públicas que ya resulta difícil escandalizarse; pero hemos de mantener esa capacidad de escándalo porque, de otra forma, estamos perdidos.
Ahora bien, el control de la Fiscalía no es suficiente para impedir que los procesos judiciales sigan adelante, puesto que en España existe -y está constitucionalmente reconocida- la figura de la acusación popular, que permite que personas físicas o jurídicas denuncien y, en sus caso, se querellen incluso sin tener un interés directo en el caso.
Se puede discutir en abstracto sobre la regulación y bondad de la acusación popular; pero en el caso actual de España pocas dudas me caben de que es una figura imprescindible; precisamente porque, como hemos visto, la Fiscalía es una de las instituciones «tomadas» por el poder y, por tanto, sin la posibilidad de una acusación independiente del poder, podrían producirse casos de impunidad selectiva en favor de quienes están cercanos a quien gobierna.
Quizás cause sorpresa que pueda afirmarse con tanta rotundidad que la Fiscalía no es independiente; pero esa es la realidad. Las quejas de la Comisión Europea por la falta de apariencia de independencia de la Fiscalía pueden encontrarse en los informes periódicos sobre el Estado de Derecho, y todos recordamos aquello que dijo Sánchez sobre de quién dependía la Fiscalía.
La actuación de esa misma Fiscalía en los últimos meses no ha hecho más que ratificar lo que dijo Sánchez en su momento.
Es por esto que la limitación de la acusación popular que se desprende de la proposición de ley es extraordinariamente grave, puesto que implica la impunidad para aquellos que, por las razones que sean, cuenten con el favor de la Fiscalía o de quien la controla.
Y el propósito de limitar a la acusación popular es el eje principal de la proposición de ley orgánica presentada por el grupo socialista. Se excluye de la acusación popular a partidos, instituciones y asociaciones vinculadas con partidos, se reducen los delitos en los que puede intervenir la acusación popular y se excluye a la acusación popular de la fase de instrucción.
Resulta llamativo que la justificación de la exclusión de la acusación popular de la instrucción sea evitar filtraciones.
Es curiosa esta precaución cuando quien está siendo investigado por haber divulgado datos reservados es el Fiscal General, no la acusación popular; pero, como ya se ha avanzado, la táctica de acusar al otro de los delitos que uno comete es sistemática en quienes ahora controlan el país y sus instituciones.
Obviamente, el motivo real de esta limitación de la acusación popular es dejar las manos libres a la Fiscalía para que sea ésta la que decida qué delitos han de ser perseguidos y cuáles han de ser tolerados. Una quiebra de principios básicos del Estado de Derecho que debería escandalizarnos.
Pero todavía hay otro elemento relevante. La proposición de ley orgánica introduce una nueva causa de abstención y recusación de los jueces y magistrados en relación a las opiniones vertidas en relación a instituciones, partidos o sindicatos. Incluso la mera participación en actos o concentraciones podría suponer la obligación de abstención y, en su caso, la recusación.
Tengo dudas de que una limitación tan extrema como la que se deriva de la proposición de ley sea compatible con el derecho a la libertad de expresión que tienen también los jueces y magistrados. Por otra parte, es tremendamente asimétrica, porque solamente alcanza a quienes vertieron esas opiniones o participaron en concentraciones siendo jueces, no a quienes realizaron las mismas acciones antes de acceder a la condición de juez o magistrado. Si lo que se pretende es defender la apariencia de imparcialidad no se entiende la distinción. Así, por ejemplo, el actual magistrado del Tribunal Constitucional Campos, anteriormente ministro del gobierno de Sánchez, pudo en su calidad de tal despotricar todo lo que hubiera querido contra el Partido Popular sin que éste pueda ahora recusarlo por esa razón en los recursos de inconstitucionalidad que dicho partido plantea; mientras que un juez que hubiera asistido a un acto en relación a la ley de amnistía podría quedar excluido de pronunciarse sobre un caso en el que haya que aplicar dicha ley.
En cualquier caso, sin embargo, no es esto lo más importante, sino que la disposición sobre recusación y abstención que acabo de comentar va acompañada de una Disposición Transitoria que obliga a su aplicación en relación a los procesos que ahora se están desarrollando.
Esto es, se pretende cambiar en mitad del procedimiento al juzgador aplicándole una causa de recusación que no existía en el momento en el que se inició el procedimiento. Y esto en relación a procedimientos que afectan directamente a quien presenta la propuesta de reforma de la Ley Orgánica.
El intento descarado de legislar para personas concretas que ya se ha visto con la Ley de Amnistía alcanza aquí un nivel de desvergüenza que no puede ser calificado más que como un ataque directo y frontal a principios democráticos básicos.
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