domingo, 29 de octubre de 2017

¿Sedición o rebelión?

Se está comentando mucho la conversación entre miembros del equipo de Junqueras, intervenida por la policía, de la que se deducía que el Vicepresidente de la Generalitat era consciente de que en octubre no contarían con las infraestructuras necesarias para poder constituir de forma viable la República Catalana; información que parecían haber ocultado a Puigdemont y su entorno. A partir de aquí se incide especialmente en la irresponsabilidad de los dirigentes del proceso para continuar con su desafío sin tener los medios para concluirlo de manera eficaz; así, por ejemplo, Marius Carol en "La Vanguardia".
Desde mi perspectiva, esto no es lo grave. Lo grave es que estas conversaciones dejan claro que existía una trama que iba realmente orientada a conseguir la secesión de Cataluña al margen de la ley española. No es que los independentistas no hubieran hecho declaraciones sobre este asunto. Al contrario, son abundantísimas las intervenciones de altos cargos de la Generalitat en las que se reconocen esos planes y actividades; y quienes sigan este blog habrán visto que con frecuencia he denunciado, al igual que otros, que todas estas declaraciones se dejaran pasar sin realizar investigaciones sobre ellas hasta llegar a las del Juez Vidal a finales del año 2016, las primeras -a  mi conocimiento- que dieron lugar a investigaciones fiscales y judiciales al hilo de varias denuncias, entre ellas una de Societat Civil Catalana.
Ahora ya resulta evidente para todos que este plan existía y se estaba implementando, tanto mediante la construcción de las denominadas estructuras de Estado, como mediante actuaciones públicas orientadas a crear un conflicto en la calle que condujera a una mediación internacional tras la proclamación de la República catalana, tal como se deduce de otros documentos intervenidos por la policía.
Evidentemente, se trata de actuaciones de una enorme gravedad. Intentar que dejen de cumplirse las leyes en una parte del territorio entra en el tipo penal del art. 544 del Código Penal si se realiza pública y tumultuariamente, pero sin violencia, y en el de rebelión del 472 del Código Penal si el plan incluye la utilización de la fuerza. Para que se apliquen estos artículos no es necesario que se haya llegado a producir la sedición o la rebelión, puesto que también la conspiración para la comisión de estos delitos está penada.
En esta clave hemos de ver lo que está pasando estos días, tanto las declaraciones de Puigdemont que inciden en la no utilización de la violencia -lo que marca, como acabamos de ver, la diferencia entra la sedición y la rebelión- como también las resistencias que hemos visto hasta ahora y que no son meras "niñerías", sino que podrían suponer la participación en los delitos antes mencionados. Así, por ejemplo, la actuación de los responsables de la web de la Generalitat y de sus cuentas de twitter, que todavía cuando escribo estas líneas parecen seguir participando en el plan secesionista. También TV3 con su cobertura del mensaje emitido ayer por Puigdemont.



Estos días han sido los del 155. La semana que viene será, seguramente, la de las consecuencias penales del despropósito en el que nos han sumido una pandilla de irresponsables. Al final el Estado de Derecho volverá a Cataluña, con el esfuerzo de todos y con la voluntad sincera de diálogo que en ningún caso puede suponer dejar sin sanción a quienes de manera tan grave han atentado contra nuestra convivencia.

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