Sostendré una hipótesis que seguramente resultará antipática: lo vivido desde el jueves muestra una preocupante descoordinación entre las distintas administraciones con competencias en materia antiterrorista y la solución para evitar esta descoordinación es la Ley de Seguridad Nacional. No existe explicación razonable para que se haya desechado la utilización de esta herramienta de nuestro ordenamiento jurídico que parece pensada, precisamente, para situaciones como las que vivimos en España desde la semana pasada.
La Ley de Seguridad Nacional (Ley 36/2015, de 28 de septiembre, de Seguridad Nacional) pretende dar respuesta a las amenazas a la seguridad nacional, teniendo en cuenta que las circunstancias que ponen en peligro dicha seguridad son variables y que nuevos actores se convierten en riesgos para la seguridad. En este contexto, se pretende con la Ley establecer mecanismos de armonización y coordinación de las distintas políticas y medidas en materia de seguridad. Así se explica en la Exposición de Motivos de la Ley.
"Esta regulación se basa en la asignación de competencias a las distintas autoridades y Administraciones Públicas, y se articula en un modelo tradicional y homologable con los países de nuestro entorno, que se ha demostrado válido hasta ahora y que ha permitido hacer frente a las necesidades de seguridad de una sociedad abierta, libre y democrática como la española.
Sin embargo, en el mundo actual, y en el entorno más previsible para el futuro, los actores y circunstancias que ponen en peligro los niveles de seguridad, se encuentran sujetos a constante mutación, y es responsabilidad de los poderes públicos dotarse de la normativa, procedimientos y recursos que le permitan responder con eficacia a estos desafíos a la seguridad.
En este contexto aparece el campo de la Seguridad Nacional como un espacio de actuación pública nuevo, enfocado a la armonización de objetivos, recursos y políticas ya existentes en materia de seguridad."
Lo anterior puede parecer literatura; pero tiene una importancia real de cierta transcendencia incluso sobre la vida de las personas. Actualmente tienen responsabilidades en materia de seguridad tanto el Estado como las Comunidades Autónomas y las administraciones locales, y existen materias en las que son competentes diversas administraciones. Así, por ejemplo, en materia antiterrorista el Estado tiene, evidentemente, competencias; pero también algunas Comunidades Autónomas. En concreto en Cataluña la policía autonómica desempeña competencias en materia antiterrorista (Art. 164.5.c) del Estatuto de Autonomía).
La existencia de esta pluralidad de competencias exige una constante tarea de coordinación a través de diversos mecanismos; pero pueden darse circunstancias extraordinarias que obliguen a una actuación específica que evite solapamientos, lagunas o interferencias que pueden acabar costando vidas. En ese sentido la Ley de Seguridad Nacional puede ser un instrumento adecuado.
En concreto, la Ley de Seguridad Nacional regula lo que denomina "situación de interés para la Seguridad Nacional" (art. 23.2 de la Ley):
"La situación de interés para la Seguridad Nacional es aquella en la que, por la gravedad de sus efectos y la dimensión, urgencia y transversalidad de las medidas para su resolución, requiere de la coordinación reforzada de las autoridades competentes en el desempeño de sus atribuciones ordinarias, bajo la dirección del Gobierno, en el marco del Sistema de Seguridad Nacional, garantizando el funcionamiento óptimo, integrado y flexible de todos los recursos disponibles, en los términos previstos en esta ley."
Esta es una situación en la que la seguridad nacional puede verse amenazada y es precisa esta coordinación que comentaba antes. Para que no quepan dudas, el art. 3 de la Ley define la seguridad nacional como
"la acción del Estado dirigida a proteger la libertad, los derechos y bienestar de los ciudadanos, a garantizar la defensa de España y sus principios y valores constitucionales, así como a contribuir junto a nuestros socios y aliados a la seguridad internacional en el cumplimiento de los compromisos asumidos."
Creo que no deben existir muchas dudas acerca de que el intento de evitar un atentado terrorista o minimizar sus efectos sobre la vida de los ciudadanos entraría en la definición de seguridad nacional, tal como se establece en el art. 3 y que, por tanto, la situación que se produce en el marco de una amenaza terrorista podría encuadrarse en la situación de interés para la Seguridad Nacional que define el art. 23 de la Ley.
¿Qué es lo que prevé la Ley de Seguridad Nacional para un supuesto como éste, para una situación de interés para la Seguridad Nacional? Pues la declaración de dicha situación mediante un Real Decreto, la definición de la situación, de las medidas que han de adoptarse y del marco temporal (prorrogable) de la misma y el nombramiento de una autoridad funcional encargada de dirigir y coordinar la situación (art. 24 de la Ley).
Parece sensato. Como decía antes, actualmente en España existen una pluralidad de administraciones con competencias en materias de seguridad, y en momentos especialmente graves es necesario que haya una cabeza visible, un referente en el que converja la responsabilidad de afrontar dicha crisis. Si había algunas dudas sobre esto, creo que se han disipado en los últimos tres días, en los que los ciudadanos hemos asistido estupefactos al cúmulo de despropósitos que está siendo la gestión política de los atentados de Barcelona.
Los problemas derivados de la falta de coordinación comenzaron el día antes de los atentados, cuando una casa en Alcanar (Tarragona) explotó. Los Mossos d'Esquadra se ocuparon de la investigación y rechazaron la colaboración de la Guardia Civil, incluida la posibilidad de que la unidad de explosivos de este cuerpo examinara el lugar. No se trató la explosión como una amenaza terrorista pese a que había docenas de bombonas de butano en la casa e, incluso, explosivo utilizado en otros atentados terrorista, lo que no se supo hasta después del atentado en Barcelona, pero que quizás se hubiera podido saber antes si la Guardia Civil hubiera podido examinar los restos de la casa de Alcanar.
Tras el atentado, en la tarde/noche del jueves asistimos estupefactos a reuniones de crisis tanto por parte del presidente de la Generalitat y su equipo con los Mossos d'Esquadra como del Presidente del Gobierno con la Guardia Civil y otros responsables estatales de seguridad. Comparecencias por separado de la Comunidad Autónoma y del presidente del gobierno en un asunto en el que no cabe establecer compartimentos estancos: la respuesta a un ataque terrorista ha de ser integral, teniendo en cuenta tanto la investigación sobre el terreno, los datos que aporten los servicios de inteligencia, las conexiones con hechos y circunstancias que pueden localizarse fuera de Cataluña o, incluso, fuera de España, las implicaciones para las relaciones internacionales y para la política de defensa.
En este último sentido no puede olvidarse que el atentado ha sido reivindicado por una organización criminal que está territorialmente ubicada sobre territorio ocupado en Siria e Irak ¿cómo afecta el atentado a la política española de defensa? ¿implicaría una mayor implicación de nuestro ejército en las operaciones contra el Estado Islámico? No digo que deba ser así, puede perfectamente responderse que el atentado no cambiará nada en este sentido, pero, al menos, hay que explicarlo. No por no hablar de ello dejarán de existir esta implicaciones internacionales, y como prueba de ello ahí está el gesto de los soldados libaneses que tras recuperar una colina controlada por ISIS hicieron ondear allí una bandera española. El atentado en Barcelona no puede gestionarse como una mera cuestión interna.
Las comparecencias de responsables de la Generalitat y del Presidente del Gobierno el jueves y ya a la madrugada del viernes trasladaron la imagen de que nos encontrábamos ante un hecho criminal que deberían investigar los Mossos contando para ello con la cooperación de la Guardia Civil y la Policía Nacional. Nada más. No se percibía ese tratamiento global del problema que hubiera sido posible con la aplicación de la Ley de Seguridad Nacional.
La sensación era de extrañeza y descoordinación. No percibíamos que hubiera una gestión conjunta del atentado, sino actuaciones separadas que se coordinaban desde una cierta desconfianza entre los responsables políticos de la Generalitat y del Estado.
El atentado frustrado en Cambrils hizo aumentar la percepción de que nadie estaba realmente al mando. Si se hubiera advertido el miércoles que en Alcanar se estaba preparando un atentado de grandes dimensiones deberían haberse extremado las precauciones y, quizás, haber subido el nivel de alerta antiterrorista al grado 5, pensado para casos en los que existe un riesgo muy alto de atentado terrorista.
Tras el atentado de las Ramblas quizás pudiera haberse pensado que el riesgo había pasado, y por eso mantener el nivel 4 de alerta podría parecer razonable; pero el atentado de Cambrils mostró de manera evidente que el cálculo había sido erróneo. Que 8 horas después de haberse cometido un atentado como el de las Ramblas se cometa otro sin que se hubiera procedido a la elevación del nivel de riesgo terrorista carece -creo- de lógica; pero podría explicarse también por la mencionada descoordinación. Es el Gobierno quien determina los niveles de alerta terrorista, pero, como vemos, el peso de la investigación sobre el atentado de las Ramblas recaía sobre la Generalitat. Una muestra más de que era precisa una cooperación reforzada que podría venir de la mano de la Ley de Seguridad Nacional.
El viernes hubo una comparecencia conjunta de Rajoy y Puigdemont; parecía que se avanzaba en ese trabajo conjunto tan necesario, pero, como veremos, los problemas no se resolvieron.
El sábado (¡dos días después del atentado!) se reúne la Comisión de Evaluación de la Amenaza Terrorista, que decide mantener el nivel 4 y no llegar al máximo. Este retraso de dos días en la reunión de la Comisión es inexplicable. Por ejemplo, cuando se produjeron los atentados en París en la noche del 13 de noviembre de 2015 esta Comisión se reunió ¡a la mañana siguiente! Un atentado en París motiva la reunión de la Comisión en horas, y uno en Barcelona no es tratado hasta dos días después. ¿Tendrá que ver también con la necesidad de coordinar los puntos de vista del Gobierno y de la Generalitat en relación a este atentado? No lo sé, pero sería conveniente que alguien lo explicara.
La descoordinación, sin embargo, no acaba ahí. El mismo sábado el Ministro del Interior declara que se da por desarticulada la célula terrorista y unas horas después los Mossos desmienten al Ministro.
Que hay descoordinación en este tema es más que evidente. Que estamos hablando de terrorismo y, por tanto, de la vida y la seguridad de las personas no precisa ser probado, que la Ley de Seguridad Ciudadana tiene como fin reforzar la coordinación entre los distintos actores implicados cuando se da una amenaza a la libertad y a la seguridad se deriva de los propios términos de la Ley.
¿Hasta cuándo utilizaremos las leyes tan solo para adornar las páginas del BOE?
1 comentario:
Sin entrar en el terreno de las conspiraciones, hago mías unas reflexiones sacadas del blog de Ernesto Milá: "NO PUEDO OLVIDAR QUE NUESTRA SOCIEDAD NO ES LO SUFICIENTEMENTE FUERTE, NI DURA PARA SOPORTAR ATENTADOS DE ESTE TIPO, SIN DESMORONARSE Y SIN PENSAR QUE TODA CONCESIÓN REALIZADA VA A ALIMENTAR MÁS Y MÁS TERRORISMO YIHADISTA.
NO PUEDO OLVIDAR QUE LA SOCIEDAD ESPAÑOLA TIENE LAS ADMINISTRACIONES QUE HA ELEGIDO, ESTO ES QUE SE MERECE... Y CREO, EN DEFINITIVA, QUE NO HAY NADA QUE HACER, SALVO RECLUIRSE EN EL EXILIO INTERIOR O IRSE DE UN PAÍS QUE TIEMBLA CADA VEZ QUE OYE HABLAR DE ISLAM Y QUE NI SIQUIERA ES CAPAZ DE RECONOCERLO.
CREO, FINALMENTE, QUE ESA ES LA SITUACIÓN EN TODA EUROPA, PERO QUE EN ESPAÑA LA MORAL DE RESISTENCIA ES TODAVÍA MENOR QUE EN CUALQUIER OTRO LUGAR DE EUROPA Y EN CATALUÑA AUN MENOR QUE EN EL RESTO DEL ESTADO"
Y así estamos, a la espera del próximo atentado, en Valencia, Madrid, Barcelona, etc etc
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