Gracias a la diligencia de Eduardo Rojo, ayer mismo disponíamos del texto del Auto del Tribunal Superior de Justicia de Catalunya sobre la presencia del castellano en la enseñanza. El texto puede consultarse aquí.
Recomiendo vívamente que se lea, porque la presentación del mismo que está haciendo la prensa no responde en absoluto a su contenido. Si alguien mira los periódicos o escucha la radio se encontrará con que el resumen que se hace del mencionado Auto es que si un solo niño en un aula pide que la clase sea impartida en castellano a todo el grupo deberá impartírsele clase en castellano. Véase, por ejemplo, este titular de La Vanguardia: "El TSJC obliga a que la clase sea en castellano si un solo alumno lo ha pedido". Esta mañana, en la SER escuchaba la misma idea a las 07:50 y en la web de la emisora puede encontrarse el siguiente titular: "El TSJC obliga a escolaritzar en castellà tota la classe si un alumne ho demana". Se trata de una idea que se va repitiendo y que va calando, la de que los Tribunales obligarán a todos los niños a recibir enseñanza en castellano si uno solo lo pide.
Las manipulaciones y las mentiras me irritan profundamente. Desconozco (o no quiero conocer) las razones que explican que se esté presentando de esta forma el Auto del TSJC; pero lo único que cabe es denunciar una manipulación grosera que, además, contribuye a encrespar los ánimos en un momento en el que sería aconsejable que reinara el sosiego, el diálogo y el rigor.
Lo que dice el Tribunal Superior de Justicia de Catalunya es que si un niño así lo solicita su grupo o unidad docente tendrá que recibir enseñanza en catalán y en castellano. Lo que han establecido los tribunales hace ya tiempo es que el castellano ha de tener una presencia no meramente testimonial en la enseñanza. Dicha presencia ha de ser fijada por la Generalitat y puede ser inferior al cincuenta por ciento (es decir, no es preciso que la mitad de las materias se impartan en castellano, basta con que alguna de las materias se imparta en castellano y que el castellano pueda ser usado también, junto con el catalán, como lengua de comunicación con los padres y alumnos, tanto en forma oral como escrita). Los tribunales han dicho que ha de ser la administración educativa la que determine en qué forma se concreta esta presencia del castellano en la enseñanza que se imparte en Catalunya, aunque con el límite, como se ha dicho, de que la presencia no sea meramente testimonial (reducida, como ahora, a las clases de lengua castellana). Esto, como digo, hace tiempo que se estableción en otras decisiones judiciales.
Como el Departament d'Ensenyament se niega a cumplir lo que los tribunales le han ordenado los padres de algunos niños exigen su derecho a recibir una educación en la que el castellano esté presente junto con el catalán (no se ha pedido que se reciba clase en castellano solamente, sino que la educación se realice en las dos lenguas oficiales de Catalunya).
Frente a esto el Departament d'Ensenyament propone que los niños que soliciten educación también en castellano (no solo en castellano) reciban una atención individualizada. Este es otro punto sobre el que conviene detenerse. Se ha venido acusando a quienes solicitan la educación bilingüe de pretender separar a los niños en función de la lengua. Eso es falso también, pues lo que se pretende es que todos los niños reciban la enseñanza en las dos lenguas oficiales, no separarlos por lenguas; pero es que, además, quienes critican a los padres por lo que no hacen (solicitar la separación de los alumnos en función de la lengua) son quienes proponen, ante el reconocimiento judicial del derecho a recibir educación bilingue, la segregación de los niños que han hecho dicha solicitud. Los padres, antes esta propuesta del Departament que SÍ supone separar a los niños en función de la lengua de la enseñanza, recurren de nuevo a los tribunales y estos lo que reiteran es que el castellano no puede tener una presencia meramente testimonial en la educación; que quienes lo soliciten tienen derecho a recibir la enseñanza en las dos lenguas oficiales (catalán y castellano) y que no puede separarse a los niños en función de la lengua, por lo que si un niño solicita aquello a lo que tienen derecho todos los niños catalanes y que ya debería haber sido implementado por el Departamento de Educación (una educación en la que estén presentes el catalán y el castellano) toda la clase recibirá la enseñanza en el modelo bilingüe que es, según los tribunales, el único que se ajusta a las exigencias legales, estatutarias y constitucionales.
Esto es lo que dice el Auto, NO que todos los niños de un aula recibirán la clase en castellano si un solo niño lo solicita, sino que todos los niños del aula recibirán la enseñanza en catalán y en castellano si un solo niño lo solicita; y esto es así, tan extraño, porque el Departament d'Ensenyament no ha hecho aquello a lo que estaba obligado: establecer un sistema de enseñanza en el que el castellano esté presente de una manera no meramente testimonial. Tan sencillo como eso. Si en vez de realizar las modificaciones oportunas en la normativa para que "Conocimiento del medio", por ejemplo, se imparta en castellano y, además, autorizar a los centros a utilizar el castellano en las comunicaciones con los padres, se prefiere hacer decir a las decisiones judiciales lo que no dicen, con el consiguiente aumento de la crispación quizás alguien tendría que dar explicaciones.